¿Qué es la escuela de los posglosadores?

Los Posglosadores: Maestros del Derecho Práctico

07/12/2024

Tras el florecimiento inicial de la Escuela de los Glosadores en Bolonia, que sentó las bases del estudio sistemático del Derecho Romano en la Edad Media, surgió en el siglo XIV una nueva corriente de pensamiento jurídico que marcaría un hito fundamental: la Escuela de los Posglosadores, también conocidos como Comentaristas. Esta escuela no solo continuó el trabajo de sus predecesores, sino que lo elevó a un nuevo nivel, orientando el saber jurídico hacia la aplicación práctica y la resolución de los complejos problemas de su tiempo. Nacida principalmente en Italia y Francia, con un centro inicial destacado en Orléans, esta escuela representa el punto más alto del desarrollo del Derecho Romano medieval.

¿Qué significa postglosador?
1. m. Der. Comentarista medieval del derecho romano, posterior al glosador Acursio.

La vitalidad de la escuela boloñesa de los Glosadores, centrada en la exégesis literal del Corpus Iuris Civilis de Justiniano a través de glosas marginales o interlineales, comenzó a declinar. Si bien su labor de redescubrimiento y organización del Derecho Romano fue monumental, su enfoque predominantemente textual y académico a veces se quedaba corto ante las crecientes demandas de una sociedad medieval en plena transformación. El siglo XIV trajo consigo profundos cambios sociales, económicos y políticos. Las ciudades-estado italianas prosperaban, el comercio se expandía y las estructuras feudales evolucionaban, generando nuevas situaciones y conflictos que requerían soluciones legales más sofisticadas y adaptables. Es en este contexto donde emerge la necesidad de una nueva aproximación al derecho.

Los Posglosadores recogieron el testigo de los Glosadores, pero con una perspectiva renovada. Su objetivo principal no era simplemente explicar el texto romano, sino comprender su espíritu, sus principios subyacentes y, sobre todo, cómo podía ser aplicado de manera efectiva a la realidad jurídica de su época. Mientras que los Glosadores se dedicaban a comentar cada pasaje del texto justinianeo de forma casi aislada, los Posglosadores adoptaron un método diferente. Escribieron amplios comentarios en prosa, estructurados libro por libro a través del Digesto y otras partes del Corpus Iuris Civilis. Estos comentarios se parecían más a verdaderas lecciones o tratados, donde analizaban los conceptos, discutían las diferentes interpretaciones y exploraban las implicaciones prácticas de las normas.

Este cambio metodológico fue crucial. Al centrarse en el *rationale* (la razón de ser) y los principios detrás de las leyes romanas, los Comentaristas pudieron ir más allá de la literalidad y adaptar el Derecho Romano a situaciones que eran completamente ajenas a los juristas de la antigüedad. Su enfoque era pragmático y, en ocasiones, audaz. No temían construir nuevas interpretaciones o incluso forzar un poco el texto original si ello servía para armonizar el derecho romano con las costumbres locales o para resolver un problema práctico apremiante. Eran verdaderos oportunistas en el mejor sentido de la palabra, aprovechando las oportunidades que ofrecía el florecimiento medieval para mediar y regular las esferas política, científica y económica.

Uno de los mayores desafíos que enfrentaron los Posglosadores fue la coexistencia del Derecho Romano con las múltiples costumbres locales que regían en las diferentes regiones de Europa. El Derecho Romano, con su pretensión de universalidad y su origen imperial, a menudo entraba en conflicto con estas costumbres. Los Posglosadores abordaron esta tensión de frente, buscando formas de integrar o armonizar ambos sistemas. Un ejemplo clásico de su ingenio se ve en cómo trataron el derecho feudal, que parecía violar el concepto romano absoluto de *dominium* (propiedad plena). Lo armonizaron con el Derecho Romano estableciendo un vínculo con la figura del arrendamiento a largo plazo (*emfiteusis*), argumentando que daba lugar a una *vindicatio directa* (una acción para recuperar la posesión) que evidenciaba otro tipo de propiedad. Esta interpretación, aunque se alejaba de la concepción romana original, hizo que el Derecho Romano fuera más flexible y útil para los gobernantes que buscaban un sistema legal racional y coherente.

Otro ejemplo ilustrativo es la forma en que Bartolo de Sassoferrato, una de las figuras más eminentes de esta escuela, abordó el conflicto entre la ley romana y la ley local en materia de testamentos. El Derecho Romano exigía cinco testigos para la validez de un testamento, mientras que la ley de Venecia, por ejemplo, solo requería tres. El principio romano era que el Derecho Romano prevalecía sobre la costumbre, bajo la presunción de que la costumbre era mala. Bartolo, con su agudeza, razonó que si bien esto era cierto en general, el Emperador podía permitir una costumbre si la consideraba buena ley. Dado que la ley de Venecia había surgido después de la época de Justiniano, el Emperador no la había considerado explícitamente. Sin embargo, si era claramente una buena ley, debería permitirse que continuara. Este tipo de razonamiento permitía conciliar la autoridad del Derecho Romano con la realidad jurídica local.

¿Qué es la escuela de los posglosadores?
Los postglosadores o comentaristas formaron una escuela jurídica europea que surgió en Italia y Francia en el siglo XIV. Constituyen el punto culminante del desarrollo del derecho romano medieval .

La armonización legal no se limitó al derecho consuetudinario. Los Posglosadores también interactuaron y, en cierta medida, armonizaron el Derecho Romano con el Derecho Canónico, el derecho de la Iglesia. Los canonistas, por ejemplo, sostenían que un simple acuerdo (*pactum nudum*) podía dar lugar a una acción legal, especialmente si estaba respaldado por un juramento, ya que tenían jurisdicción en asuntos morales y de fe. Los Comentaristas, desde la perspectiva romanista, interpretaron esto diciendo que el Derecho Canónico actuaba como una especie de 'vestimenta' (*vestimentum*) que hacía que un pacto desnudo, que bajo el Derecho Romano clásico no era exigible por sí mismo, se volviera enforceable. Esta interacción enriqueció ambos sistemas y reflejó la compleja realidad legal de la época.

La capacidad de los Posglosadores para extraer principios generales del Derecho Romano y aplicarlos a situaciones nuevas fue su mayor fortaleza. Crearon un cuerpo de reglas coherente y conveniente que no solo servía para resolver casos, sino también para interpretar y dar forma a las propias costumbres locales. Si bien reconocían la primacía de la costumbre en muchos ámbitos, a menudo la interpretaban de forma muy restrictiva, lo que en la práctica ampliaba el ámbito de aplicación del Derecho Romano interpretado por ellos. Esta sistematización y adaptación hizo que el Derecho Romano, a través de los comentarios de los Posglosadores, se convirtiera en el *ius commune*, el derecho común de Europa continental durante siglos.

El impacto de los Comentaristas fue inmenso y duradero. Sus comentarios se difundieron por toda Europa, siendo estudiados, enseñados y aplicados en tribunales y universidades. Figuras como Bartolo de Sassoferrato y Baldo de Ubaldis alcanzaron una fama legendaria. La influencia de Bartolo fue tal que se decía que, si uno no era un Bartolista (es decir, un seguidor de su método y sus interpretaciones), simplemente no podía considerarse un jurista. Esta afirmación, aunque exagerada, subraya la profundidad de su impacto y cómo su enfoque se convirtió en el estándar para el estudio y la práctica del derecho.

En resumen, la Escuela de los Posglosadores representa una fase crucial en la historia del derecho europeo. Fueron los arquitectos que transformaron el redescubierto Derecho Romano de un objeto de estudio académico en una herramienta viva y adaptable para la aplicación práctica. Su método, centrado en los principios y la armonización, y su disposición a innovar para resolver los problemas de su tiempo, sentaron las bases para el desarrollo del derecho moderno y moldearon la forma en que los juristas pensaban y actuaban durante siglos.

Para comprender mejor la evolución del pensamiento jurídico medieval, es útil comparar las dos grandes escuelas:

Característica Escuela de los Glosadores Escuela de los Posglosadores
Época Principal Finales s. XI - s. XIII s. XIV - s. XV
Centro Principal Bolonia, Italia Inicialmente Orléans (Francia), luego Italia y toda Europa
Método Principal Glosas (marginales, interlineales), Sumas, Distinctiones Comentarios en prosa (tratados), Consilia (dictámenes)
Enfoque Exégesis literal del texto romano, comprensión del significado original Aplicación práctica, extracción de principios, armonización con leyes locales y canónicas
Figuras Clave Irnerio, Azo, Accursio Cino da Pistoia, Bartolo de Sassoferrato, Baldo de Ubaldis
Relación con Ley Local Menor énfasis en la interacción, primacía teórica del D. Romano Mayor énfasis en la armonización, adaptación del D. Romano a la realidad local

Esta tabla comparativa ilustra el cambio de paradigma que significó la aparición de los Posglosadores, pasando de la comprensión textual a la aplicación práctica y la síntesis legal.

Preguntas Frecuentes sobre la Escuela de los Posglosadores

¿Qué es la Escuela de los Posglosadores?

Es una escuela jurídica europea que surgió en el siglo XIV en Italia y Francia, conocida por su enfoque en la aplicación práctica del Derecho Romano y la elaboración de extensos comentarios en prosa sobre el Corpus Iuris Civilis. Representan la culminación del estudio del Derecho Romano medieval.

¿Quién fundó la escuela de los glosadores?
Escuela también conocida como escuela de los jurisconsultos boloñeses, o escuela de los glosadores por ser la glosa o exégesis textual la forma en que se manifestó su actividad científica a la hora de estudiar el derecho romano justinianeo; fue fundada en los últimos años del siglo xi por el eminente jurista Irneo.

¿Quién fundó la Escuela de los Glosadores, predecesora de los Posglosadores?

La Escuela de los Glosadores, también llamada escuela de los jurisconsultos boloñeses, fue fundada a finales del siglo XI en Bolonia por el eminente jurista Irnerio.

¿Qué significa el término "Postglosador"?

El término "Postglosador" (o Comentarista) se refiere a un jurista medieval que estudió y comentó el Derecho Romano, pero que cronológicamente y metodológicamente es posterior a la generación principal de Glosadores, especialmente posterior al gran Glosador Accursio (siglo XIII).

¿Cuál fue la principal diferencia entre Glosadores y Posglosadores?

La diferencia fundamental radica en su método y enfoque. Los Glosadores se centraron en la exégesis literal y textual del Derecho Romano a través de glosas para entender su significado original. Los Posglosadores, en cambio, buscaron la aplicación práctica del Derecho Romano, desarrollando principios generales, armonizándolo con otras leyes (costumbre, canónico) y escribiendo extensos comentarios sistemáticos.

¿Por qué fue tan influyente la Escuela de los Posglosadores?

Su influencia fue inmensa porque lograron adaptar el Derecho Romano a las necesidades de una sociedad cambiante, creando un cuerpo legal coherente y útil para la aplicación práctica. Sus métodos de interpretación y armonización se convirtieron en el estándar, y sus comentarios formaron la base del *ius commune* europeo, que perduró hasta la codificación en los siglos XVIII y XIX.

¿En qué países se desarrolló principalmente esta escuela?

Aunque surgieron inicialmente en Francia (Orléans) e Italia, su influencia se extendió rápidamente por toda Europa, convirtiéndose en la corriente jurídica dominante en la mayoría de los países continentales.

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