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Tipos de Vacantes Docentes y Polémica

20/11/2023

Entender el funcionamiento de los procesos de acceso y cobertura de puestos en la función pública docente es fundamental para miles de aspirantes y profesionales. En el ámbito educativo, las vacantes que surgen a lo largo del curso escolar deben ser cubiertas de manera ágil y eficiente para garantizar la continuidad del servicio educativo. Sin embargo, los procedimientos para adjudicar estas plazas pueden generar debates y preocupaciones, especialmente cuando se busca equilibrar la urgencia con los principios de justicia y equidad. Este artículo se adentra en los diferentes tipos de vacantes docentes y en una reciente controversia surgida en una comunidad autónoma en torno a la adjudicación de las llamadas vacantes extraordinarias.

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El sistema de cobertura de puestos docentes interinos suele basarse en listas de aspirantes que cumplen los requisitos para impartir docencia en determinadas especialidades. A medida que surgen necesidades en los centros educativos, se recurre a estas listas para ofrecer las plazas disponibles. No obstante, no todas las vacantes son iguales ni se cubren por el mismo procedimiento.

Índice de Contenido

Los Diferentes Tipos de Vacantes Docentes

Para comprender la complejidad de la adjudicación de puestos, es esencial distinguir entre los distintos tipos de vacantes que pueden ofertarse:

Vacantes Ordinarias

Las vacantes ordinarias son aquellas que constituyen la oferta principal de puestos para el personal interino. Se trata de plazas que se prevé que estarán disponibles durante un periodo significativo, a menudo el curso escolar completo, o una parte importante de él. Estas vacantes se ofrecen de forma periódica a los integrantes de las respectivas listas de interinos, ordenados generalmente por criterios de antigüedad, experiencia o nota en procesos selectivos previos. En cada convocatoria o llamamiento, se publica un listado de las plazas disponibles y se convoca a un número determinado de aspirantes de cada lista para que soliciten, por orden, las que sean de su interés.

Vacantes Singulares

Las vacantes singulares surgen como consecuencia de no haberse cubierto una vacante ordinaria en el llamamiento inicial de su lista de interinos correspondiente. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si ningún miembro de la lista principal con derecho a elegir esa plaza la solicita. Ante esta situación, la administración puede ofrecer la vacante de forma "singular". El procedimiento para estas plazas difiere en que se abren a un abanico más amplio de aspirantes. Típicamente, se ofrecen a integrantes de otras especialidades o incluso a cualquier integrante de las listas de interinos de la comunidad autónoma en cuestión, siempre que cumplan los requisitos de titulación necesarios para impartir esa materia o puesto. Este mecanismo busca agotar las posibilidades dentro del personal ya reconocido como interino antes de buscar candidatos externos.

Vacantes Extraordinarias

Las vacantes extraordinarias representan el último recurso para cubrir una plaza docente cuando los procedimientos ordinarios y singulares no han resultado exitosos. Estas vacantes suelen ser de carácter urgente y no han podido ser cubiertas a través de los llamamientos habituales a los integrantes de las listas de interinos. En este caso, la oferta se extiende a personas que no forman parte de las listas de interinos de la comunidad autónoma. El objetivo es asegurar que ningún puesto quede sin cubrir, garantizando así la atención educativa al alumnado. Sin embargo, el proceso de adjudicación de estas vacantes, al dirigirse a un colectivo más amplio y no ordenado por listas preexistentes, es donde a menudo surgen los debates sobre la equidad y los criterios de selección.

Podemos resumir las diferencias principales en la siguiente tabla comparativa:

Tipo de Vacante ¿A quién se ofrece principalmente? Procedimiento de Adjudicación habitual ¿Cuándo se ofrece?
Ordinaria Integrantes de las listas de interinos de la especialidad Según orden en lista (mérito/antigüedad) En llamamientos periódicos
Singular Integrantes de otras especialidades o listas que cumplan requisitos Según orden en lista (si aplica) o criterios definidos Si no se cubre como ordinaria
Extraordinaria No integrantes de las listas de interinos Procedimiento específico para no listados (puede variar) Si no se cubre como ordinaria o singular (urgencia)

El Procedimiento de Adjudicación de Vacantes Extraordinarias y la Controversia

La naturaleza de las vacantes extraordinarias, que buscan cubrir necesidades urgentes con personal que no está en las listas habituales, requiere un procedimiento de adjudicación específico. Es precisamente este procedimiento el que ha sido objeto de debate y crítica en diversas ocasiones. En el contexto de Aragón, y según la información facilitada, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte articuló un procedimiento particular para cubrir estas vacantes de urgencia que no se pudieron cubrir por los sistemas ordinario y singular.

El pasado 9 de octubre de 2020, el sindicato ANPE Aragón presentó un escrito a la Directora General de Personal del Departamento, solicitando la modificación del procedimiento de adjudicación de estas vacantes extraordinarias. La preocupación de ANPE residía en el sistema que se había adoptado, que, tras pasar por la Mesa Sectorial de Educación, establecía la modificación del criterio de adjudicación mediante un sorteo telemático entre los solicitantes en caso de haber concurrencia competitiva (es decir, si más de una persona solicitaba la misma plaza).

ANPE Aragón: Principios de Mérito y Capacidad Frente al Sorteo

La postura de ANPE Aragón frente al sistema de sorteo telemático es clara y contundente. Consideran que este procedimiento es contrario a los principios fundamentales que deben regir el acceso a la función pública en España. Se basan en el artículo 103.3 de la Constitución Española y en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), normativas que mandatan que en los procesos de acceso a la función pública, incluyendo el acceso temporal o interino, deben prevalecer los principios de mérito y capacidad.

Para ANPE, resulta sorprendente que la Administración se aparte de estos principios esenciales en un procedimiento de selección de personal docente, aunque sea para cubrir necesidades urgentes y con carácter extraordinario. La crítica no se limita a la Administración; también expresan su sorpresa por la reacción que consideran "tibieza y de forma tardía" de la mayoría de los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial ante lo que califican como un "atentado directo a los fundamentos constitucionales de la función pública".

El sindicato argumenta que el criterio de adjudicación de puestos de funcionarios públicos, incluso de forma temporal, no debe ser aleatorio. Su oposición no es solo al sorteo puro implementado, sino también al sistema anterior que, aunque diferente, también resultaba aleatorio en la práctica, ya que dependía de la velocidad para enviar un correo electrónico a primera hora de la mañana. Consideran que ambos sistemas, tanto el sorteo como la 'carrera' por enviar el correo, son métodos que no valoran las cualidades o la preparación de los aspirantes.

Propuestas de ANPE para una Adjudicación Justa

Ante esta situación y en defensa de los principios de mérito y capacidad, ANPE Aragón no solo critica el sistema actual, sino que también propone alternativas concretas para la adjudicación de estas vacantes extraordinarias. Buscan un sistema que, además de respetar la igualdad de oportunidades, realmente valore la preparación y la experiencia de los candidatos.

Las propuestas de ANPE se inspiran en modelos ya implementados en otras comunidades autónomas:

  • Valoración del Expediente Académico: Proponen seguir un sistema como el de La Rioja, donde se atiende a la nota media del expediente del título habilitante para la docencia. Este criterio permite valorar y ordenar a los aspirantes de forma sencilla, pero basándose en un criterio objetivo y directamente relacionado con la formación académica del candidato.
  • Baremo Sencillo Autocalculado: Otra solución posible, utilizada en otras regiones, es que los propios candidatos autocalculen un baremo sencillo. Este baremo podría incluir la valoración de méritos como la formación académica o la experiencia docente previa, si la tuvieran. El cotejo documental de estos méritos se realizaría únicamente al candidato con mayor puntuación, agilizando el proceso sin renunciar a valorar los méritos.
  • Consideración de la Experiencia Profesional (para FP): En el caso de las especialidades de Formación Profesional, ANPE considera que se podría incorporar la valoración de la experiencia profesional acreditada en el sector relacionado con la familia profesional, además del expediente académico, como se hace en Castilla y León. Este enfoque reconoce el valor práctico de la experiencia en el mundo laboral para la impartición de ciertas especialidades.

Estas propuestas buscan establecer un sistema de adjudicación que, incluso en situaciones de urgencia para vacantes extraordinarias, permita seleccionar al personal docente basándose en criterios objetivos que reflejen su preparación y cualificación, en línea con los principios constitucionales.

La Postura de la Administración y la Dinámica de la Mesa Sectorial

Es importante señalar, según la información proporcionada, que la decisión de implementar el sorteo telemático como criterio de adjudicación para las vacantes extraordinarias en Aragón no fue necesariamente fruto de un acuerdo unánime en la Mesa Sectorial de Educación. Aunque la propuesta fue tomada en consideración en dicho foro, una nota de edición posterior precisa que, a petición de compañeros de diversos sindicatos que se oponen al sistema aleatorio, la Administración no dio opción a la negociación de este procedimiento, sino que lo impuso. Esto matiza la idea inicial de que la mayoría de los sindicatos hubieran reaccionado con tibieza; algunos se oponían y no tuvieron margen de negociación sobre este punto específico.

La solicitud de ANPE Aragón al Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón es clara: rectificar el procedimiento de sorteo. Asimismo, instan a la Mesa Sectorial de Educación Pública de Aragón a negociar conjuntamente con la Administración para reponer la legalidad, aplicando criterios de mérito y capacidad en estas adjudicaciones, tal como mandan la Constitución y el EBEP.

Preguntas Frecuentes sobre Vacantes Docentes

Aclarar los conceptos y procedimientos es clave. Aquí respondemos algunas preguntas comunes:

¿Qué diferencia hay entre una vacante ordinaria y una singular?

La principal diferencia radica en a quién se ofrecen. Las vacantes ordinarias se ofertan primero a los integrantes de la lista de interinos de la especialidad correspondiente. Si no se cubren por este medio, se convierten en vacantes singulares y se ofrecen a integrantes de otras especialidades o listas de interinos que cumplan los requisitos de titulación.

¿Quién puede optar a una vacante extraordinaria?

Las vacantes extraordinarias se ofrecen a personas que no forman parte de las listas de interinos de la comunidad autónoma. Se recurre a este procedimiento cuando las vacantes no han podido ser cubiertas por los llamamientos ordinarios o singulares a los miembros de las listas.

¿Por qué ANPE se opone al sistema de sorteo para las vacantes extraordinarias?

ANPE se opone porque considera que el sorteo es contrario a los principios de mérito y capacidad que deben regir el acceso a la función pública según la Constitución y el Estatuto Básico del Empleado Público. Argumentan que la adjudicación no debe ser aleatoria, sino basada en criterios objetivos que valoren la cualificación de los aspirantes.

¿Qué alternativas propone ANPE al sorteo?

ANPE propone sistemas basados en criterios objetivos como la valoración del expediente académico, la aplicación de un baremo sencillo de méritos autocalculado por el aspirante (con posterior cotejo documental del seleccionado), o la consideración de la experiencia profesional en el sector para especialidades de Formación Profesional. Estos sistemas buscan respetar los principios de mérito y capacidad.

¿El sorteo telemático fue acordado por todos los sindicatos en la Mesa Sectorial?

Según la información proporcionada, aunque el procedimiento se tomó en consideración en la Mesa Sectorial, una nota posterior aclara que la Administración impuso este criterio de adjudicación sin dar opción a la negociación sobre este punto a los sindicatos, algunos de los cuales se oponían al sistema aleatorio.

Conclusión

La gestión de las vacantes docentes es un proceso complejo que busca asegurar que el sistema educativo cuente siempre con el personal necesario. La distinción entre vacantes ordinarias, singulares y extraordinarias responde a diferentes situaciones y niveles de urgencia en la cobertura de puestos. Sin embargo, es crucial que los procedimientos de adjudicación, incluso en los casos extraordinarios, se alineen con los principios fundamentales de la función pública, como son el mérito y la capacidad. El debate en torno a la adjudicación mediante sorteo en Aragón pone de manifiesto la importancia de buscar sistemas transparentes y justos que valoren la preparación y cualificación de los aspirantes, tal como proponen organizaciones sindicales como ANPE, basándose en modelos ya implementados en otras regiones. La defensa de estos principios es esencial para la calidad de la educación y la confianza en los procesos de acceso al empleo público docente.

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