20/07/2017
Ser elegido abanderado o escolta es uno de los mayores honores que puede recibir un estudiante durante su trayectoria escolar. Representa el reconocimiento al esfuerzo académico, la dedicación y el compromiso con los valores de la comunidad educativa y la nación. Sin embargo, la elección de quiénes portarán estos símbolos patrios requiere de un proceso transparente, justo y equitativo. Con el fin de garantizar la participación plena y efectiva de todos los estudiantes en condiciones de igualdad, el gobierno escolar, a través de sus organismos competentes, establece anualmente los procedimientos y normativas que rigen esta importante distinción.

Para el ciclo lectivo 2025, la Dirección General de Escuelas (DGE) ha emitido la Resolución Nº 5984, un documento clave que detalla el reglamento específico para la elección de abanderados y escoltas de sexto grado. Esta normativa es de aplicación obligatoria tanto para las instituciones de gestión estatal como para las de gestión privada, asegurando así un marco común de evaluación y selección. La resolución busca no solo reconocer el mérito, sino también fomentar la participación y la equidad en el sistema educativo. Es fundamental que tanto directivos, docentes, estudiantes y familias estén al tanto de estos criterios para comprender el proceso y acompañar a los alumnos.
- El Marco Normativo: Resolución DGE Nº 5984
- Criterios Académicos: La Evaluación de las Notas
- La Importancia de la Convivencia Escolar
- Quiénes NO Pueden Ser Abanderados o Escoltas
- Un Proceso de Elección Integral y Equitativo
- Mirando al Futuro: Cambios y Perspectivas
- Tabla Comparativa: Criterios de Elegibilidad (Ciclo 2025)
-
Preguntas Frecuentes
- ¿Qué grados se tienen en cuenta para las notas?
- ¿Cuál es la nota mínima requerida?
- ¿Solo importan las notas?
- ¿Puede participar un estudiante que repitió un grado?
- ¿Qué pasa si un estudiante compensó algún espacio curricular?
- ¿Cuándo comienza el proceso de elección?
- ¿Cambiarán estos criterios en el futuro?
- Conclusión
El Marco Normativo: Resolución DGE Nº 5984
La Resolución Nº 5984 de la DGE sienta las bases para un proceso de elección claro y objetivo. Su principal objetivo es establecer un procedimiento estandarizado que permita seleccionar a los estudiantes más destacados de sexto grado para portar la bandera nacional y provincial. Este reglamento no es arbitrario, sino que se basa en principios de justicia y reconocimiento integral del estudiante, considerando no solo su rendimiento académico sino también su comportamiento y compromiso con las normas de convivencia.
Es importante destacar que el procedimiento de elección para el ciclo 2025 está pautado para comenzar el 25 de noviembre. Los equipos directivos de cada establecimiento educativo tienen la responsabilidad de organizar toda la información necesaria de los estudiantes que cumplen con los requisitos preliminares. Asimismo, deben informar de manera clara y oportuna a las familias sobre el procedimiento que se seguirá y, por supuesto, comunicar los resultados una vez finalizado el proceso de selección.
La transparencia en cada etapa es vital para la confianza de la comunidad educativa. Desde la recopilación de datos hasta la comunicación final, cada paso debe seguir lo estipulado en la resolución para evitar malentendidos y garantizar que la elección sea percibida como justa por todos los involucrados.
Criterios Académicos: La Evaluación de las Notas
El rendimiento académico es, sin duda, un pilar fundamental en la elección de abanderados y escoltas. La resolución establece qué años y qué calificaciones serán tenidos en cuenta para determinar el orden de mérito de los estudiantes.
De acuerdo con las disposiciones generales de la Resolución Nº 5984, para el ciclo 2025 se considerarán las calificaciones obtenidas por los estudiantes en 3º, 4º y 5º grado. Esto marca una particularidad para esta cohorte de alumnos.
Una disposición específica para esta elección es que no se tendrán en cuenta las calificaciones correspondientes a 1º y 2º grado. La razón detrás de esta excepción radica en que este período correspondió al año 2020, un año atravesado por la pandemia de COVID-19, durante el cual se implementó la unidad pedagógica entre ambos grados. Esta medida busca no perjudicar a los estudiantes por las particularidades de la evaluación y promoción en un contexto excepcional.
En cuanto a las calificaciones mínimas, la resolución es clara: para poder participar de la instancia de selección, los estudiantes no deben haber obtenido una calificación menor a siete (7) en cada uno de los espacios curriculares a ser considerados de 3º, 4º y 5º grado. Esto significa que cualquier nota por debajo de siete en alguna materia de estos tres años inhabilita al estudiante para ser considerado abanderado o escolta. Se exige un alto nivel de consistencia en el rendimiento académico.
Un punto relevante para los estudiantes que pudieron haber tenido dificultades en alguna materia es que sí podrán participar aquellos que hayan compensado espacios curriculares en 3º, 4º o 5º grado. Esto reconoce el esfuerzo por recuperar saberes y ponerse al día, permitiendo que estos estudiantes, que demostraron capacidad de superación, puedan aspirar a la distinción, siempre y cuando cumplan con el resto de los requisitos.
La Importancia de la Convivencia Escolar
La elección de abanderados y escoltas no se limita únicamente al mérito académico. Un estudiante que porta la bandera es también un referente de comportamiento y compromiso con los valores que rigen la vida en comunidad dentro de la escuela. Por ello, el respeto a las normas de convivencia escolar es un criterio fundamental, con igual peso que el desempeño en las materias.
La resolución establece que se evaluará el comportamiento de los estudiantes a través de los informes sobre normas de convivencia escolar. Generalmente, estos informes se emiten periódicamente a lo largo del ciclo lectivo. Para ser elegible, el estudiante debe haber obtenido una calificación de Bueno como mínimo en cada uno de los tres informes que se consideren para la evaluación. Esto significa que no basta con tener un buen promedio de comportamiento; se requiere haber mantenido una conducta adecuada y respetuosa de manera consistente.
Si un estudiante ha obtenido una calificación inferior a "Bueno" en cualquiera de los tres informes evaluados, automáticamente queda excluido del proceso de selección. Esta disposición subraya la importancia que la DGE y el sistema educativo otorgan a la formación integral de los estudiantes, reconociendo que el éxito escolar va de la mano con el desarrollo de habilidades sociales, el respeto por el otro y la participación constructiva en la comunidad.
La evaluación de la convivencia busca identificar a aquellos estudiantes que no solo sobresalen en lo académico, sino que también son modelos de ciudadanía escolar, demostrando valores como la solidaridad, el respeto, la responsabilidad y la participación activa en la mejora del clima institucional.
Quiénes NO Pueden Ser Abanderados o Escoltas
La normativa establece claramente una serie de criterios de exclusión. Es decir, situaciones que automáticamente inhabilitan a un estudiante para ser considerado en el proceso de elección, incluso si cumple con otros requisitos. Conocer estas exclusiones es tan importante como saber los criterios de inclusión.
No podrán participar de esta instancia de elección los estudiantes que:
- Hayan repetido algún año escolar a lo largo de su trayectoria en el nivel primario. La repitencia es vista como una interrupción en la progresión esperada del estudiante y, bajo esta normativa, es un impedimento para acceder a la distinción de abanderado o escolta.
- No obtuvieron una calificación de siete (7) en cada uno de los espacios curriculares a ser considerados (3º, 4º y 5º grado). Como se mencionó anteriormente, la exigencia es de un rendimiento consistente y por encima del mínimo en todas las áreas evaluadas.
- No obtuvieron una calificación de Bueno como mínimo en cada uno de los tres informes sobre normas de convivencia escolar. La falla en cumplir consistentemente con las expectativas de comportamiento en cualquiera de los informes es motivo de exclusión.
Estas exclusiones garantizan que la distinción recaiga en estudiantes que han demostrado una trayectoria continua, un alto rendimiento académico sostenido y un comportamiento ejemplar a lo largo de los años evaluados. Buscan premiar la excelencia en un sentido amplio, que abarca tanto lo cognitivo como lo actitudinal.
Un Proceso de Elección Integral y Equitativo
El procedimiento de elección de abanderados y escoltas, tal como lo establece la Resolución Nº 5984, se presenta como un proceso integral. No se basa en un único factor, sino en la combinación de los criterios académicos y de convivencia. Esta dualidad asegura que los estudiantes seleccionados sean reconocidos por su excelencia en múltiples dimensiones.
La participación plena, efectiva y en condiciones de equidad es un principio rector de esta normativa. Esto implica que todos los estudiantes de sexto grado que cumplan con los requisitos establecidos (no haber repetido, tener notas de 7 o más en 3º, 4º y 5º, y calificación de Bueno en los informes de convivencia) tienen la posibilidad de ser considerados y evaluados bajo las mismas reglas.
Los equipos directivos son los encargados de aplicar el reglamento, calcular los promedios académicos (considerando solo 3º, 4º y 5º grado y las calificaciones de 7 o más) y verificar el cumplimiento del requisito de convivencia. La forma en que se combinan estos criterios para establecer el orden de mérito suele basarse en un promedio ponderado o un sistema de puntaje que integre ambas dimensiones, siempre respetando las exclusiones. El estudiante con el mejor puntaje o promedio general, cumpliendo todos los requisitos, será el abanderado, seguido por los escoltas según el orden de mérito.
El hecho de que el proceso se inicie el 25 de noviembre permite a las escuelas contar con tiempo suficiente para realizar la evaluación de manera exhaustiva y comunicar los resultados antes de la finalización del ciclo lectivo, brindando a los estudiantes seleccionados y a sus familias la oportunidad de celebrar esta importante distinción.
Mirando al Futuro: Cambios y Perspectivas
La Directora de Educación Primaria, Laura Tello, ha brindado una perspectiva adicional sobre el contexto de esta resolución y los planes a futuro. Según Tello, esta cohorte de estudiantes de sexto grado es la última que cursó 1º y 2º grado bajo las condiciones especiales de la pandemia en 2020, que llevaron a la unidad pedagógica y la no consideración de esas calificaciones para este proceso.
La buena noticia, según lo informado por la directora, es que a partir del próximo año (ciclo lectivo 2026), el criterio de calificación para la elección de abanderados y escoltas volverá a la normalidad. Se considerarán las calificaciones desde 1º a 6º grado, como se hacía tradicionalmente antes de la pandemia. Este cambio refleja el retorno progresivo a los parámetros de evaluación prepandemia y la consolidación de los aprendizajes en los primeros años de la primaria.
Tello también hizo hincapié en el esfuerzo que se está realizando desde la DGE y las escuelas para reducir la permanencia (repetición de grado) en el nivel primario. Señaló que se está trabajando fuertemente para que los niños y niñas avancen en sus saberes con criticidad, fortaleciendo sus trayectorias educativas.
La directora destacó que año a año se observa una disminución en la cantidad de estudiantes que repiten. Atribuyó esta mejora al impacto positivo del trabajo sobre la asistencia a clases, combinado con acciones remediales y de apoyo pedagógico. Este esfuerzo conjunto entre la DGE, los equipos directivos y los docentes ha sido fundamental para mejorar los aprendizajes de los estudiantes, garantizando que adquieran los conocimientos y habilidades necesarios para avanzar.
Este enfoque en la mejora de las trayectorias y la reducción de la repitencia no solo impacta en las estadísticas, sino que también amplía las posibilidades de los estudiantes para cumplir con los criterios de elegibilidad para distinciones como la de abanderado y escolta en el futuro, al evitar una de las principales causas de exclusión.
Tabla Comparativa: Criterios de Elegibilidad (Ciclo 2025)
| Criterio | Condición para Ser Elegible | Condición para NO Ser Elegible |
|---|---|---|
| Grados considerados (Notas) | Se evalúan 3°, 4° y 5° grado. | No se evalúan 1° y 2° grado (cohorte 2020). |
| Nota mínima (por materia) | 7 (siete) o más en CADA materia de 3°, 4° y 5°. | Menos de 7 en ALGUNA materia de 3°, 4° o 5°. |
| Espacios Curriculares Compensados | Sí, se pueden considerar si se compensaron en 3°, 4° o 5°. | N/A (La compensación no excluye si cumple otros). |
| Normas de Convivencia (Calificación) | Bueno (o superior) en CADA UNO de los 3 informes. | Menos de Bueno en ALGUNO de los 3 informes. |
| Repetición de Grado | No haber repetido NINGÚN año escolar primario. | Haber repetido ALGÚN año escolar primario. |
Preguntas Frecuentes
¿Qué grados se tienen en cuenta para las notas?
Se consideran las calificaciones de 3º, 4º y 5º grado. Las de 1º y 2º grado de 2020 no se incluyen debido a la unidad pedagógica establecida en pandemia para esa cohorte.
¿Cuál es la nota mínima requerida?
Se necesita una calificación de 7 (siete) como mínimo en cada uno de los espacios curriculares considerados de 3º, 4º y 5º grado.
¿Solo importan las notas?
No, también es fundamental el comportamiento. Se evalúan las normas de convivencia escolar, requiriendo una calificación mínima de "Bueno" en cada uno de los tres informes de convivencia.
¿Puede participar un estudiante que repitió un grado?
No, los estudiantes que hayan repetido algún año escolar en el nivel primario no pueden participar en este proceso de elección, independientemente de sus notas o comportamiento actual.
¿Qué pasa si un estudiante compensó algún espacio curricular?
Sí, los estudiantes que hayan compensado espacios curriculares en 3º, 4º o 5º grado sí pueden participar, siempre que cumplan con los demás criterios de notas (7 o más en todas las materias consideradas) y convivencia (Bueno en todos los informes).
¿Cuándo comienza el proceso de elección?
Según la resolución, el procedimiento de elección de abanderados y escoltas para el ciclo 2025 comenzará el 25 de noviembre.
¿Cambiarán estos criterios en el futuro?
Sí, según lo informado por la Directora de Educación Primaria, a partir del ciclo lectivo 2026 se volverá a considerar la calificación desde 1º a 6º grado para la elección de abanderados y escoltas, eliminando la excepción de 1º y 2º de 2020.
Conclusión
La elección de abanderados y escoltas es un acto de gran significado en la vida escolar, que reconoce el esfuerzo, la dedicación y el compromiso de los estudiantes. La Resolución Nº 5984 de la DGE para el ciclo 2025 establece un marco claro y equitativo, ponderando tanto el rendimiento académico (con calificaciones de 7 o más en 3º, 4º y 5º grado, exceptuando 1º y 2º de 2020) como el comportamiento ejemplar (calificación de Bueno en los informes de convivencia). Las exclusiones, como haber repetido o no alcanzar las calificaciones mínimas en cualquiera de los criterios, aseguran que la distinción sea otorgada a quienes han demostrado una trayectoria consistente y sobresaliente. Este proceso, que comenzará en noviembre, refleja el compromiso del sistema educativo con la transparencia, la equidad y el reconocimiento integral de sus estudiantes, al tiempo que se trabaja activamente para fortalecer las trayectorias y reducir la permanencia, preparando el camino para futuros reconocimientos basados en un recorrido escolar completo desde 1º a 6º grado.
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