01/04/2025
En Argentina, el bienestar y desarrollo pleno de cada niño, niña y adolescente son prioridades fundamentales reconocidas por la ley. La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en concordancia con los tratados internacionales de derechos humanos, establece un marco legal robusto para asegurar que quienes aún no alcanzan la mayoría de edad puedan crecer en un ambiente seguro, saludable y propicio para su desarrollo integral.
Esta ley no solo enuncia una serie de derechos esenciales, sino que también define las responsabilidades de las familias, el Estado y la comunidad en general para garantizar su cumplimiento efectivo. Se trata de un compromiso colectivo para proteger a la población más vulnerable y asegurar que cada uno de ellos tenga la oportunidad de alcanzar su máximo potencial.

¿A Quiénes Protege la Ley?
La Ley de Protección Integral se aplica a todas las personas desde su nacimiento hasta los 18 años de edad. Esto significa que la protección legal abarca desde la primera infancia hasta la adolescencia, reconociendo las diferentes etapas de desarrollo y las necesidades específicas de cada una.
La protección busca garantizar que puedan disfrutar y ejercer de manera plena y permanente todos los derechos que les son reconocidos tanto por las leyes argentinas como por los acuerdos internacionales firmados por el país. No es una protección limitada, sino integral y constante.
Los Derechos Esenciales de la Niñez y Adolescencia
La ley enumera una amplia gama de derechos que son inherentes a su condición de personas en desarrollo. Estos derechos buscan cubrir todas las facetas de su vida, desde las necesidades básicas hasta su participación en la sociedad. Algunos de los más relevantes incluyen:
- Derecho a la Vida y a la Intimidad: Desde el momento de nacer, tienen derecho a que su vida sea protegida y a que se respete su espacio personal y su privacidad.
- Derecho a la Salud: Acceso a servicios de salud adecuados, tanto físicos como mentales, para garantizar su bienestar integral. Esto incluye atención médica preventiva y curativa.
- Derecho al Deporte, al Juego y a un Ambiente Sano: El juego y el deporte son esenciales para el desarrollo físico y emocional. Además, tienen derecho a crecer en un entorno libre de contaminación y riesgos para su salud.
- Derecho a no Sufrir Humillaciones ni Abusos: Es un derecho fundamental estar libres de cualquier forma de violencia, maltrato, abuso o humillación. La ley los protege contra cualquier daño a su integridad física o moral.
- Derecho al Honor y a la Protección de la Imagen: Su dignidad debe ser respetada, y su imagen no puede ser utilizada o difundida sin la debida autorización y considerando siempre su interés superior.
- Derecho a la Identidad: Tener un nombre, una nacionalidad, conocer su origen biológico y mantener su idioma y cultura de origen son elementos clave para construir su identidad. El Estado garantiza el derecho a ser identificados al nacer.
- Derecho a una Familia: Tienen derecho a vivir y desarrollarse en el seno de su familia de origen. Si esto no es posible o conveniente para su interés superior, la ley prevé el derecho a tener una familia alternativa o adoptiva que les brinde cuidado y afecto. Mantener vínculos con sus padres, abuelos y otros familiares es también un derecho protegido, salvo que sea perjudicial.
- Derecho a la Educación Pública y Gratuita: El acceso a la educación en todos los niveles es un derecho garantizado por el Estado. Deben poder ingresar y permanecer en una escuela cerca de su lugar de residencia, sin sufrir discriminación. La educación es vista como una herramienta para su pleno desarrollo y participación social.
- Derecho a la Seguridad Social: Acceso a los beneficios y prestaciones del sistema de seguridad social en igualdad de condiciones.
- Derecho a Expresar su Opinión y a ser Escuchados: A medida que desarrollan su madurez, tienen derecho a expresar sus puntos de vista en el ámbito familiar, escolar y en cualquier procedimiento que los afecte, y a que sus opiniones sean consideradas seriamente.
- Derecho de Asociación: Pueden asociarse con otros niños, niñas o adolescentes con fines culturales, deportivos o políticos, siempre que estas agrupaciones estén integradas exclusivamente por personas de su edad.
El Principio del Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente
Este es un principio rector en la aplicación de la ley y en cualquier decisión que los afecte. Significa que, ante cualquier situación o conflicto, se debe considerar prioritariamente aquello que resulte mejor para el niño, niña o adolescente involucrado. No se trata de la conveniencia de los adultos, sino de garantizar el disfrute integral, simultáneo y con el máximo nivel de satisfacción de todos sus derechos y garantías.
¿Quiénes Tienen la Obligación de Protegerlos?
La protección de los derechos de la niñez y adolescencia es una responsabilidad compartida:
- La Familia: En primer lugar, son los principales responsables de asegurar el disfrute pleno de los derechos de sus hijos e hijas.
- El Estado: Todos los organismos estatales, en sus diferentes niveles (nacional, provincial, municipal), tienen la prioridad de protegerlos y auxiliarlos en cualquier situación. Deben actuar con preferencia respecto a otros ciudadanos.
- La Comunidad: Por razones de solidaridad, la sociedad en general tiene un rol. Cualquier ciudadano que tenga conocimiento de una violación a los derechos de un niño, niña o adolescente puede presentarse ante la justicia para solicitar medidas urgentes de protección.
Obligaciones Específicas para Instituciones
Las personas que trabajan en ámbitos como escuelas (públicas y privadas) y centros de salud tienen una obligación especial. Si toman conocimiento de cualquier situación que signifique una violación de los derechos de un niño, niña o adolescente, deben comunicarlo de inmediato a la autoridad competente más cercana (por ejemplo, un organismo de protección de derechos o la justicia).
El funcionario que recibe esta comunicación tiene la obligación de actuar de inmediato, iniciar el trámite correspondiente, prevenir cualquier daño adicional al menor afectado y buscar la reparación de los daños sufridos. Este trámite es gratuito, y la falta de acción por parte del funcionario puede acarrear responsabilidad penal.
Medidas de Protección Integral y Excepcional
Cuando los derechos de un niño, niña o adolescente están amenazados o han sido violados (ya sea por acción u omisión del Estado, de particulares o incluso por conductas del propio menor), la ley prevé la aplicación de medidas de protección.
Medidas de Protección Integral
Son acciones destinadas a mantener al niño, niña o adolescente en su entorno familiar y comunitario, fortaleciendo a la familia para que pueda garantizar sus derechos. Algunas de estas medidas incluyen:
- Inclusión en programas de apoyo familiar.
- Ayuda económica para cubrir necesidades básicas y evitar la separación familiar por pobreza.
- Programas de asistencia a embarazadas.
- Tratamientos médicos, psicológicos o psiquiátricos para el niño, niña o adolescente o sus padres.
Medidas de Protección Excepcionales
Estas medidas son un último recurso y solo se aplican cuando, a pesar de haber intentado las medidas integrales, el niño, niña o adolescente se encuentra privado de su medio familiar o es conveniente que no permanezca en él, siempre evaluando su interés superior.
Consisten en la separación temporal del niño o adolescente de su familia de origen para ser cuidado en otro ámbito familiar (con parientes o personas de su entorno) o, excepcionalmente, en un dispositivo convivencial (hogar o residencia). Deben cumplir requisitos estrictos:
- Ser por el menor tiempo posible.
- Tener como objetivo principal el reencuentro familiar.
- Garantizar la continuidad escolar.
- Mantener la convivencia entre hermanos.
- Ser comunicadas al juez de familia competente en 24 horas.
Es crucial entender que existen medidas que nunca pueden ser aplicadas:
- La institucionalización (llevar a un hogar o residencia) de un niño, niña o adolescente NO puede ser una medida de protección si la única causa es la falta de recursos materiales de su familia.
- Una medida de protección excepcional NUNCA puede ser la privación de la libertad.
Derechos ante la Justicia
Los niños, niñas y adolescentes también tienen derechos cuando están involucrados en procedimientos judiciales. Tienen derecho a participar en el proceso, a ser escuchados por el juez y a que su opinión sea tenida en cuenta según su grado de madurez. Además, tienen derecho a contar con un abogado que los represente, preferentemente especializado en niñez y adolescencia, incluso si no pueden pagarlo.
Preguntas Frecuentes
Q: ¿Hasta qué edad me protegen estos derechos?
A: La ley protege a todas las personas desde que nacen hasta que cumplen los 18 años.
Q: Si mis padres se separan, ¿puedo seguir viéndolos?
A: Sí, tienes derecho a mantener el contacto y el vínculo con tus padres y otros familiares, incluso si están separados, a menos que un juez determine que ese contacto podría hacerte daño.
Q: ¿Tengo derecho a decir lo que pienso en la escuela?
A: Sí, tienes derecho a expresar tu opinión tanto en tu familia como en la escuela, y los adultos deben escuchar y considerar lo que dices, teniendo en cuenta tu edad y madurez.
Q: Si mi familia tiene problemas económicos, ¿me pueden separar de ellos por eso?
A: No, la ley prohíbe separar a un niño o niña de su familia solo por falta de recursos económicos. En esos casos, el Estado debe ayudar a la familia para que puedan seguir juntos.
Q: ¿Qué pasa si alguien no respeta mis derechos?
A: Las familias, el Estado y la comunidad tienen la obligación de proteger tus derechos. Si alguien no los respeta, o si sufres algún abuso o maltrato, las personas que lo sepan (como tus maestros o médicos) deben avisar a las autoridades para que te protejan y tomen medidas.
Conclusión
La Ley 26.061 y las normas complementarias en Argentina buscan asegurar que cada niño, niña y adolescente sea reconocido como sujeto de pleno derecho, no como un objeto de protección pasiva. Conocer estos derechos es el primer paso para garantizar su cumplimiento y para construir una sociedad donde la niñez pueda crecer feliz, segura y con todas las oportunidades para desarrollarse plenamente.
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