20/09/2024
El consentimiento informado constituye un pilar fundamental en la relación entre el psicólogo y el paciente, siendo un requisito indispensable antes de cualquier evaluación o intervención. Su propósito principal es salvaguardar los derechos del paciente y definir claramente las responsabilidades éticas y profesionales del terapeuta. Este documento o proceso no solo es un requisito legal y deontológico, sino que también fomenta la autonomía del paciente y establece una base de confianza y transparencia en el proceso terapéutico.

Comprender a fondo qué implica el consentimiento informado, cuáles son los principios éticos que lo sustentan, cómo se elabora y en qué situaciones se aplica, es crucial para cualquier profesional de la psicología. Este artículo profundiza en estos aspectos, basándose en la normativa y los principios éticos que rigen la práctica profesional.
- ¿Qué es el Consentimiento Informado en Psicología?
- Principios Éticos Fundamentales
- Cómo Elaborar un Consentimiento Informado
- Consentimiento Informado por Representación
- ¿A Quién y Quién Comunica el Consentimiento Informado?
- El Consentimiento Informado en Investigación Psicológica
-
Preguntas Frecuentes sobre el Consentimiento Informado
- ¿Qué es el consentimiento informado?
- ¿Cómo hacer el consentimiento informado para psicólogos?
- ¿Quién elabora el consentimiento informado?
- ¿A quién se comunica el consentimiento informado?
- ¿En qué casos se pasa el consentimiento informado?
- ¿Cuál es el origen ético del consentimiento informado?
- ¿Estoy obligado a pasar el consentimiento informado?
- ¿Qué es un consentimiento informado por representación?
- ¿En qué casos se usa el consentimiento informado por representación?
¿Qué es el Consentimiento Informado en Psicología?
Según la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, el consentimiento informado se define como:
La conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.
Este concepto surge de una evolución en el ámbito sanitario que prioriza el principio de autonomía del paciente sobre el de beneficencia. Es decir, se reconoce el derecho de la persona a decidir sobre su propia salud y tratamiento, una vez que ha sido debidamente informada sobre las opciones disponibles, los procedimientos, los riesgos y los beneficios.
El Metacódigo de Ética de la Federación Europea de Asociaciones de Profesionales en Psicología (EFPA), documento que influye en los códigos deontológicos nacionales, subraya la necesidad de que los psicólogos discutan de forma continua los procedimientos y las posibles consecuencias con sus clientes para asegurar un consentimiento informado efectivo antes y durante la intervención. Esto incluye aclarar cómo se almacenará y protegerá la información del paciente y fomentar la autonomía y autodeterminación del cliente, respetando su derecho a iniciar y finalizar la relación profesional, si bien se deben especificar los límites de esta autodeterminación en función de factores como la edad, la salud mental o restricciones legales.
En esencia, para que el consentimiento sea válido, debe mejorar las condiciones para que el paciente decida, ser fácilmente comprensible para él y permitirle asumir los posibles riesgos y consecuencias de la intervención. El paciente debe conocer las alternativas existentes y no debe haber sido objeto de presión externa.
Principios Éticos Fundamentales
La práctica psicológica se sustenta en principios éticos esenciales, que se extraen del juramento hipocrático y se reflejan en documentos como el código deontológico. Estos principios son la base sobre la que se construye la necesidad y la práctica del consentimiento informado.

1. No Maleficiencia (Primun non nocere)
Este principio de obligación perfecta exige al psicólogo mantenerse actualizado para garantizar que sus intervenciones no causen un perjuicio innecesario al paciente. No se trata solo de no hacer el bien, sino activamente de no producir mal.
2. Beneficencia
Es la obligación del psicólogo de contribuir al bienestar del paciente, asegurando que los beneficios de la terapia superen los posibles perjuicios. Es un principio más flexible (obligación imperfecta) porque no se debe hacer un bien a alguien si esa persona no lo desea.
3. Autonomía
Principio de obligación perfecta y fundamental para el consentimiento informado. Se refiere a la capacidad del individuo para decidir sobre su vida y los medios para alcanzar sus fines. Requiere autoconsciencia e implica tres elementos clave: amplio conocimiento de la decisión, expresión clara de la intención y ausencia de manipulación o presión.
4. Justicia
Un derecho y principio de obligación perfecta que busca el reparto equitativo de beneficios y cargas. Es especialmente relevante cuando los beneficios esperados son insuficientes frente a los posibles perjuicios.
Otros principios importantes a considerar son la vulnerabilidad, la dignidad y la integridad de la persona.
Cómo Elaborar un Consentimiento Informado
La elaboración de un consentimiento informado eficaz implica transmitir información de manera completa, veraz y comprensible. El objetivo es que el paciente comprenda plenamente el servicio que se le ofrecerá antes de dar su aprobación.
Los elementos informativos clave a considerar son:
- Exponer los hechos de forma completa y veraz, evitando dramatismos u ofensas.
- Recomendar un plan de intervención, pero informando también sobre las alternativas terapéuticas disponibles, sin ejercer presión.
- Asegurarse de que el paciente ha comprendido realmente la información, no conformarse con una aceptación superficial.
Para detallar más los elementos que debe incluir el documento de consentimiento informado, podemos considerar los siguientes puntos, adaptados de Beauchamp y Childress (1999):
| Elemento | Descripción |
|---|---|
| Tipo de terapia | Explicación de la modalidad terapéutica a emplear. |
| Alternativas de terapia | Información sobre otras opciones de tratamiento disponibles. |
| Consecuencias y duración | Posibles resultados, riesgos, beneficios y tiempo estimado del proceso terapéutico. |
| Derecho de suspensión | Información sobre la facultad del paciente para interrumpir el tratamiento en cualquier momento. |
| Derechos y limitaciones legales | Aspectos de confidencialidad, secreto profesional y sus límites (p. ej., riesgo para sí mismo o terceros). |
| Estructura de las sesiones | Frecuencia, duración y formato de las sesiones. |
| Honorarios | Información clara sobre los costes del servicio. |
| Almacenamiento de información | Cómo se gestionarán y protegerán los datos del paciente (RGPD). |
El documento debe ser elaborado de forma que garantice que la decisión del paciente es voluntaria, informada y tomada con la mayor capacidad de comprensión posible. Debe resumir toda la información necesaria para que el paciente entienda el servicio sanitario.

Consentimiento Informado por Representación
Existen situaciones en las que el paciente no posee la capacidad legal o intelectual para otorgar el consentimiento por sí mismo. En estos casos, la responsabilidad recae en sus representantes legales, que suelen ser padres, madres o tutores.
Cuando el paciente es menor de edad, se deben considerar diferentes escenarios:
- Si el menor tiene 12 años o más, se debe escuchar su opinión (asentimiento), aunque esta no sea legalmente vinculante por sí sola. El consentimiento debe ser otorgado por los padres o tutores.
- Entre los 12 y 16 años, es importante evaluar la capacidad del menor para tomar decisiones, ya que la madurez es un proceso gradual. Si se determina que el menor tiene capacidad suficiente o si ya ha cumplido 16 años, él mismo puede decidir, aunque se recomienda tener en cuenta la opinión de los padres o tutores.
- En casos de padres divorciados que comparten la patria potestad de un menor sin capacidad, se requiere el consentimiento de ambos progenitores, a menos que exista una decisión judicial que disponga lo contrario.
Si los representantes legales se negaran a un tratamiento que el profesional considera indispensable para el bienestar del menor, y se sospecha que esta negativa va en contra de los intereses del menor, el caso debe ser comunicado a la autoridad competente.
La Ley 41/2002 establece que, en caso de menores no incapaces ni incapacitados pero emancipados o con 16 años cumplidos, no cabe el consentimiento por representación. Sin embargo, si la actuación implica un grave riesgo según el criterio del facultativo, se informará a los padres y se tendrá en cuenta su opinión para la decisión final (artículo 9.3c).
Finalmente, puede haber situaciones de urgencia en las que, por razones objetivas y para preservar la salud del paciente (principio de no maleficiencia), el profesional deba actuar sin haber obtenido previamente el consentimiento informado completo. Esto se considera una necesidad terapéutica, permitiendo la intervención profesional cuando el conocimiento de la situación por parte del paciente pueda perjudicar gravemente su salud.
¿A Quién y Quién Comunica el Consentimiento Informado?
El consentimiento informado debe ser comunicado directamente al paciente, quien es el titular del derecho a la información. Su manifestación puede ser escrita, plasmada en un documento firmado, o de forma oral, siempre que la aceptación sea clara y explícita ("sí"). Al ser una decisión personal basada en la autonomía, debe ser el paciente quien la exprese. Sin embargo, la ley permite informar también a personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho, si el paciente lo permite de forma expresa o tácita.
En casos de incapacidad del paciente, la información debe ser proporcionada de manera adaptada a sus posibilidades de comprensión, cumpliendo además con el deber de informar a su representante legal (artículo 5.2 de la Ley 41/2002).

La responsabilidad de elaborar el modelo de consentimiento informado y de exponerlo adecuadamente para obtener la respuesta competente y autónoma del paciente recae en el profesional de la psicología que va a llevar a cabo la intervención.
El Consentimiento Informado en Investigación Psicológica
El consentimiento informado es igualmente un principio fundamental en la ética de la investigación con seres humanos. Su propósito es asegurar que los participantes entren en la investigación de forma libre y voluntaria, con información completa sobre lo que implica su participación. El consentimiento debe obtenerse prospectivamente (antes de que el participante inicie su colaboración) y sin que exista presión indebida.
Los requisitos mínimos para un consentimiento informado en investigación incluyen que el participante comprenda la naturaleza de la investigación y a qué está dando su consentimiento. Típicamente, el proceso consta de dos etapas:
- Entrega de información: El investigador proporciona toda la información relevante sobre el estudio, dando tiempo al potencial participante para reflexionar sin presión.
- Obtención del consentimiento: El investigador reitera los términos clave de la investigación, a menudo punto por punto, y la persona acepta explícitamente cada término antes de acceder a participar en el proyecto completo.
Los investigadores deben cumplir con la normativa de protección de datos (como el RGPD) al recoger y gestionar la información personal y sensible de los participantes, tanto durante como después del proceso de consentimiento. Se aplican consideraciones específicas en el consentimiento informado en investigación con menores o cuando se utilizan medios como filmación o fotografía.
Preguntas Frecuentes sobre el Consentimiento Informado
A continuación, abordamos algunas de las preguntas más comunes sobre el consentimiento informado en el contexto de la psicología:
¿Qué es el consentimiento informado?
Es el proceso y documento mediante el cual un paciente o participante en investigación, con plena capacidad y habiendo recibido información adecuada, acepta libre y voluntariamente someterse a una actuación que afecta a su salud o participar en un estudio.
¿Cómo hacer el consentimiento informado para psicólogos?
Implica elaborar un documento o proceso comunicacional que informe de manera veraz y comprensible sobre el tipo de intervención, alternativas, consecuencias, duración, derechos (incluido el de retirarse), limitaciones (confidencialidad), estructura de sesiones y honorarios. Se debe verificar que el paciente ha comprendido la información.
¿Quién elabora el consentimiento informado?
El modelo o proceso de consentimiento informado es elaborado y presentado por el profesional de la psicología que realizará la intervención o dirigirá la investigación.
¿A quién se comunica el consentimiento informado?
Principalmente al paciente, quien es el titular del derecho a la información. En casos de incapacidad o minoría de edad, se comunica a su representante legal, escuchando la opinión del menor si tiene 12 años o más. Se puede informar a familiares o allegados si el paciente lo permite.

¿En qué casos se pasa el consentimiento informado?
Se requiere antes de iniciar cualquier evaluación, intervención terapéutica o participación en un estudio de investigación psicológica. Existen excepciones en situaciones de urgencia vital (necesidad terapéutica) para preservar la salud del paciente.
¿Cuál es el origen ético del consentimiento informado?
Se fundamenta en principios éticos como la autonomía, la no maleficiencia, la beneficencia y la justicia, extraídos del juramento hipocrático y desarrollados en códigos deontológicos y normativas de salud, como la Ley 41/2002 y el Metacódigo de Ética de la EFPA.
¿Estoy obligado a pasar el consentimiento informado?
Sí, obtener el consentimiento informado es un requisito legal, ético y deontológico fundamental para la práctica profesional de la psicología y la investigación con personas.
¿Qué es un consentimiento informado por representación?
Es el consentimiento otorgado por el representante legal (padre, madre, tutor) en nombre de una persona (generalmente menor de edad o incapacitada) que no tiene la capacidad para darlo por sí misma, después de haberle informado a ella en la medida de sus posibilidades de comprensión y haber escuchado su opinión si aplica.
¿En qué casos se usa el consentimiento informado por representación?
Se utiliza cuando el paciente es menor de edad o ha sido declarado legalmente incapaz, y no posee la capacidad intelectual o emocional para comprender el alcance de la intervención o investigación. Se deben seguir los procedimientos específicos para menores según su edad y capacidad.
En resumen, el consentimiento informado es un componente indispensable de una práctica psicológica ética y respetuosa, garantizando que los individuos participen en los procesos terapéuticos o de investigación de forma informada, voluntaria y autónoma.
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