19/09/2020
El camino para convertirse en escribano en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires implica cumplir con diversos requisitos, uno de los más importantes y recientes es la acreditación de la Práctica Profesional o Notarial. Esta exigencia, fundamental para quienes aspiran a rendir los exámenes de idoneidad y acceder a la función notarial, fue incorporada a partir de los concursos del año 2013, modificando el Artículo 35 de la Ley 404 mediante la Ley 3933. Comprender en detalle esta Práctica Notarial Obligatoria es crucial para cualquier postulante.

La necesidad de esta práctica surge de la modificación legislativa que busca asegurar que los futuros notarios posean una experiencia previa y sólida en el quehacer diario de una escribanía o a través de una formación específica y rigurosa brindada por el propio Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Si bien existen algunas excepciones, como los escribanos adscriptos a un registro de CABA o quienes lo fueron por un lapso no menor a seis meses en los cinco años previos al llamado a concurso, la mayoría de los aspirantes deberán acreditar el cumplimiento de esta etapa.
Modalidades para Acreditar la Práctica
Los postulantes tienen la opción de elegir entre dos modalidades bien definidas para cumplir con este requisito. Es importante destacar que, según la normativa vigente, no es posible inscribirse en ambas modalidades de forma simultánea. La elección dependerá de la situación particular y disponibilidad de cada aspirante.
1. Práctica Profesional en Escribanía de la Ciudad de Buenos Aires
Esta modalidad ofrece una inmersión directa en el ambiente de trabajo de una escribanía en la demarcación de la Ciudad de Buenos Aires. Es una opción pensada para quienes buscan adquirir experiencia práctica de la mano de escribanos en ejercicio.
- Duración: Requiere un compromiso de dos años consecutivos.
- Frecuencia: La práctica debe realizarse con una dedicación mínima de dos días a la semana, sumando un total de al menos 6 horas semanales.
- Requisitos de Aprobación: Para considerar cumplida la práctica bajo esta modalidad, el postulante debe aprobar un examen práctico final. Este examen se rige por el programa aprobado por el Tribunal de Superintendencia y exige una calificación no inferior a 6 puntos sobre 10. Adicionalmente, se requiere un 75% de asistencia al lugar de práctica.
- Inicio: Puede comenzarse en cualquier momento a lo largo del año calendario.
- Procedimiento de Denuncia: Es obligatorio denunciar de manera fehaciente el inicio de la práctica ante el Colegio de Escribanos. Esto se realiza mediante una nota ingresada en Mesa de Entradas, la cual debe contar con la firma y el sello del escribano titular del registro donde se llevará a cabo la práctica.
- Verificación: El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de verificar la realización efectiva de la práctica a través de escribanos designados específicamente para tal fin.
Requisitos de Elegibilidad:
Para poder iniciar la práctica en escribanía, el postulante debe cumplir con uno de los siguientes perfiles:
- Ser estudiante de Derecho con el 3° Año de la carrera de Abogacía aprobado. La acreditación se realiza presentando certificado analítico expedido por la Universidad, fotocopia certificada del DNI y copia certificada de la partida de nacimiento.
- Ser abogado. En este caso, debe presentar fotocopias certificadas del diploma o certificado de título en trámite, de la partida de nacimiento y del DNI.
Proceso de Inscripción:
La inscripción se inicia completando un formulario web. Posteriormente, es indispensable presentar la carta modelo de denuncia en Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos (Av. Las Heras 1833, de lunes a viernes de 10 a 16 horas). Para dar de alta formalmente la práctica, se debe presentar por Mesa de Entradas la nota denunciando la Carta Modelo conjuntamente con una copia del Reglamento y el Programa, ambos firmados por el practicante y el escribano titular. La inscripción no será válida sin la presentación de esta documentación.
2. Curso de Práctica Notarial en el Colegio de Escribanos
Esta alternativa consiste en realizar un curso estructurado y dictado por el propio Colegio de Escribanos. Ofrece una formación concentrada y teórica-práctica sobre los aspectos esenciales de la función notarial.
- Duración: El curso tiene una duración de un año.
- Horarios: Los días y horarios de cursada son asignados de forma inapelable por el Colegio, basándose en su disponibilidad edilicia.
- Costo: El curso es gratuito en cuanto a la enseñanza, pero se debe abonar una tasa en concepto de material didáctico. Esta tasa se paga en las Cajas del Colegio (1° entrepiso de Av. Las Heras 1833, de 9.30 a 15 horas).
- Requisitos de Aprobación: La aprobación del curso exige un 75% de asistencia y la aprobación de un examen práctico final, cuyo programa también es aprobado por el Tribunal de Superintendencia. La calificación mínima requerida es de 6 puntos.
Proceso de Registración:
Luego de la inscripción a través de la página web, el Colegio enviará un correo electrónico informando el día y hora del curso asignado, la fecha y horario para la entrega de documentación y registración en el Departamento de Cursos (4° piso de Av. Las Heras 1833), y el día y hora para realizar una evaluación obligatoria de nivelación. La inscripción y presentación de documentación tienen carácter condicional hasta después de esta evaluación.
Es importante tener en cuenta que, debido a la naturaleza práctica del curso y por razones operativas, existe un cupo limitado de vacantes. Estas vacantes se confirman una vez verificada la documentación presentada en el día y horario asignado. Dado que este curso es un requisito para el Concurso de Oposición y Antecedentes (según el art. 35 de la Ley 404), el Colegio no emite certificados de ninguna índole por su realización.
Requisitos de Elegibilidad:
Para inscribirse en el curso, se debe ser abogado y presentar:
- Fotocopia del diploma o certificado de título en trámite o analítico que acredite la aprobación de todas las materias de la carrera de abogacía.
- Original y Fotocopia del DNI.
- Fotocopia de la Partida de nacimiento.
- Talón de pago del material de apoyo.
Los escribanos matriculados que no hayan sido adscriptos por un lapso mayor a 6 meses en los 5 años previos al llamado a concurso también pueden optar por este curso, debiendo presentar únicamente el talón de pago del material de apoyo.
Todas las fotocopias de documentación deben estar certificadas por un escribano de la Ciudad de Buenos Aires y, en el caso de escribanos de extraña jurisdicción, legalizadas.
Notas Importantes sobre el Curso:
La inasistencia tanto a la evaluación obligatoria de nivelación como a la registración en el 4º piso del Colegio en el día y hora asignados implica la pérdida automática de la vacante. Los horarios de cursada asignados son inamovibles.
Supuestos Especiales y Transición
La modificación de la Ley 404 generó situaciones particulares para quienes ya habían iniciado o completado su práctica bajo la normativa anterior. El Colegio de Escribanos ha emitido resoluciones para regular estos casos:
- Práctica realizada y examen aprobado bajo el sistema anterior: Quienes hayan completado la práctica y aprobado el examen correspondiente (con denuncia e informes presentados y certificación del Colegio) pueden solicitar formalmente por Mesa de Entradas que se les dé por cumplido el requisito de la práctica notarial (Resolución Nº 184 del 18 de abril de 2012).
- Práctica realizada pero examen no rendido bajo el sistema anterior: Para quienes cumplieron la práctica en escribanía (con denuncia e informes presentados) pero no rindieron el examen, se les considerará cumplido el requisito de la práctica, pero con la obligación de presentarse y aprobar el examen que convoque el Colegio (Resolución Nº 185 del 18 de abril de 2012).
- Práctica en curso bajo la reglamentación anterior: Quienes aún se encuentren realizando la práctica en escribanía bajo la reglamentación previa a la modificación de la Ley 404, deberán completar su práctica adecuándose a la normativa actual. Esto implica suscribir el reglamento y programa vigente (el interesado y el escribano titular) y presentarse a rendir el examen cuando el Colegio lo convoque (Resolución Nº 186 del 18 de abril de 2012).
Vigencia de la Presentación del Examen para Casos Anteriores
Una resolución posterior (N° 78 del 6 de marzo de 2013) estableció un plazo para quienes se encontraban en las situaciones de práctica cumplida antes de la reforma (debidamente acreditada) o para abogados empleados de escribanía que acrediten dos años de antigüedad con recibo de sueldo o facturación, pero que aún no hubieran rendido el examen.
Estas personas tuvieron un plazo de un año, contado desde que acreditaron la documentación pertinente, para presentarse a rendir y aprobar el examen en alguna de las dos fechas siguientes propuestas por el Colegio de Escribanos. En caso de no presentarse o no aprobar en estas dos oportunidades, deberán volver a optar por una de las modalidades vigentes: cursar la Práctica Notarial en el Colegio (un año) o denunciar y realizar la práctica profesional en una escribanía (dos años).
Preguntas Frecuentes sobre la Práctica Notarial
A continuación, abordamos algunas dudas comunes basadas en la información proporcionada:
¿Quiénes deben realizar la Práctica Notarial Obligatoria?
Todos los postulantes a rendir los exámenes de idoneidad para el acceso a la función notarial en CABA, a partir de los concursos de 2013, salvo excepciones (adscriptos actuales o pasados por un tiempo específico).
¿Cuánto dura la Práctica Notarial?
La duración depende de la modalidad elegida: dos años para la práctica en escribanía y un año para el curso en el Colegio.
¿Puedo hacer la práctica en escribanía y el curso del Colegio al mismo tiempo?
No, el aspirante no puede inscribirse en forma simultánea en ambos regímenes.
¿Cuáles son los requisitos de asistencia?
Ambas modalidades exigen un 75% de asistencia (ya sea a la escribanía o a las clases del curso).
¿Qué calificación necesito para aprobar el examen final?
Se requiere una calificación no inferior a 6 puntos en el examen práctico final de ambas modalidades.
¿El curso de práctica en el Colegio es totalmente gratuito?
El curso en sí es gratuito, pero se debe abonar una tasa por el material didáctico.
¿Puedo elegir el horario si me inscribo en el curso del Colegio?
No, los días y horarios son asignados de forma inapelable por el Colegio según disponibilidad.
¿Qué pasa si falto a la evaluación de nivelación del curso?
La inasistencia a esta evaluación obligatoria implica la pérdida de la vacante asignada en el curso.
Si ya hice práctica bajo el sistema anterior, ¿tengo que hacerla de nuevo?
Depende de si la completaste y aprobaste el examen. Existen supuestos especiales regulados por resoluciones del Colegio que pueden darte por cumplido el requisito o exigirte rendir el examen pendiente bajo las nuevas reglas.
¿Los abogados empleados de escribanía están exentos?
No están exentos, pero si acreditaron dos años de antigüedad con recibo de sueldo/facturación bajo el sistema anterior, tuvieron la oportunidad de rendir el examen en un plazo específico. Si no lo hicieron o no aprobaron, deben cumplir con una de las modalidades actuales.
Cumplir con la Práctica Notarial Obligatoria es un paso esencial y bien definido en el camino hacia la función notarial en la Ciudad de Buenos Aires. Las dos modalidades ofrecen opciones adaptadas a diferentes perfiles de postulantes, cada una con sus requisitos, duración y procedimientos específicos establecidos por el Colegio de Escribanos en el marco de la Ley 404 y sus modificaciones.
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