¿Dónde se estudia Martillero Público en Mar del Plata?

Martillero Público: Estudio, Roles y Honorarios

20/04/2023

La figura del Martillero Público y Corredor de Comercio es fundamental en el mercado argentino, actuando como intermediarios clave en diversas transacciones, desde la compraventa de inmuebles hasta remates de ganado. Es una profesión regulada y requiere una formación específica, así como la matriculación correspondiente para su ejercicio legal.

¿Cuánto cobra un martillero en un remate de Hacienda?
Haciendas (vacunos, ovinos, caprinos, porcinos): 2% a cada parte. Aves, conejos y animales de granja en general: 10% a cargo del comprador. Reproductores de pedigree: 6% a cargo del comprador. Fondo de Comercio: 5% sobre el total de la operación.

Si te encuentras en Mar del Plata y te interesa incursionar en este campo, una de las instituciones donde puedes formarte es la Universidad Católica de la Plata. La formación académica es un requisito indispensable para ejercer, conforme lo establece la legislación vigente.

Índice de Contenido

Marco Legal de la Profesión

La actividad del Martillero y Corredor de Comercio está regulada principalmente por la Ley 20.266, sancionada en 1973, y reformada significativamente por la Ley Nacional 25.028, promulgada el 1 de diciembre de 1999. Una de las reformas más importantes introducidas por la Ley 25.028 fue establecer como condición habilitante para el desempeño de estas profesiones la posesión de un título universitario o terciario reconocido, lo que subraya la importancia de la formación académica formal.

Este marco legal no solo define los requisitos para ejercer, sino que también establece las bases para la actuación profesional, las obligaciones y, crucialmente, la forma de retribución de sus servicios.

¿Cómo Ganan Dinero los Martilleros y Corredores? Los Honorarios

La retribución de los servicios que prestan los Martilleros y Corredores de Comercio se denomina honorarios. A diferencia de otras formas de pago, los honorarios se encuadran dentro de la locación de servicios y no implican una relación de dependencia entre el profesional y sus comitentes. Esta distinción es fundamental para comprender la naturaleza autónoma de la profesión.

Los honorarios están regulados por normativas específicas, como la Ley 861 para subastas y ventas particulares, y la Ley 3097 para locaciones. Estas leyes establecen aranceles mínimos obligatorios. Infringir la obligatoriedad de estos mínimos o conceder participaciones a terceros no matriculados es considerada una falta grave para los profesionales colegiados. Generalmente, los honorarios deben ser abonados por ambas partes intervinientes en la operación, a menos que exista un acuerdo escrito diferente o que la ley disponga lo contrario.

Cálculo de los Honorarios

Los honorarios se calculan, por principio general, sobre el importe neto de la operación o subasta, sin incluir intereses (pactados, moratorios o punitorios). Es importante destacar que, si alguien realiza actos propios de corretaje sin estar debidamente matriculado, no tendrá derecho a cobrar honorarios, incluso si hubiera pactado lo contrario con su cliente. La matriculación es la llave para el ejercicio legal y la percepción de honorarios.

Honorarios Mínimos por Tipo de Operación (Según Ley 861 y otras normativas)

A continuación, se presenta una tabla que resume algunos de los honorarios mínimos establecidos por la normativa, prestando especial atención a la consulta sobre remates de hacienda:

Tipo de Operación Comisión Comprador Comisión Vendedor/Locador Base de Cálculo
Inmuebles (Venta) 3% 3% Valor de la operación
Automotores / Acoplados / Maquinarias / Herramientas / Muebles / Mercadería (Subasta/Venta) 10% - Valor de la operación
Títulos y Acciones 1% 1% Valor de la operación
Haciendas (Vacunos, Ovinos, Caprinos, Porcinos) 2% 2% Valor de la operación
Aves, Conejos y Animales de Granja en general 10% - Valor de la operación
Reproductores de Pedigree 6% - Valor de la operación
Fondo de Comercio - - 5% sobre el total de la operación (generalmente repartido)
Carne en Gancho 2% 2% Valor de la operación
Administración de Propiedades - 5% a 10% (Mínimo-Máximo) Valor del alquiler/canon
Tasación - Un tercio de la comisión de venta (Mínimo: valor cuota anual del colegio) Valor tasado
Locación Habitacional (Ley 3097, locatario persona física) - 4,5% Valor total del contrato
Locación Comercial (Ley 3097) 2,25% 2,25% Valor total del contrato

Estos porcentajes son mínimos y pueden ser mayores si hay un acuerdo escrito entre las partes. En subastas judiciales, el comprador debe abonar los honorarios a su cargo según estos aranceles.

Honorarios por Vía Judicial

El profesional matriculado tiene la facultad de iniciar una acción ejecutiva para demandar el pago de sus honorarios, siempre que su exigibilidad surja de un contrato escrito o de actuaciones judiciales. Esto otorga seguridad jurídica al profesional respecto a la percepción de su trabajo.

Honorarios en Permuta

En casos de permuta de bienes, los honorarios se aplican sobre el bien de mayor valor involucrado en la operación, el cual debe ser previamente fijado por el Colegio de Martilleros correspondiente.

Exigibilidad de los Honorarios: ¿Cuándo se Cobran?

Para los Corredores de Comercio, el derecho a percibir sus honorarios nace al momento de firmarse el boleto de compraventa o, en su defecto, la escritura traslativa de dominio. Esto marca el momento en que el negocio se considera concluido gracias a su mediación.

¿Dónde se estudia Martillero Público en Mar del Plata?
Universidad Nacional de Mar del Plata Título ofrecido: Martillero, Corredor Público y Tasador.

Si la operación se concreta sin la intervención directa del profesional, pero dentro del plazo de vigencia de una autorización de venta (que debe ser por escrito), el profesional tiene derecho a percibir sus honorarios por parte del comitente. Incluso, si el negocio se celebra dentro de los treinta días posteriores a la expiración de la autorización o su revocación, pero se demuestra judicialmente que la operación se gestó con el mismo comprador durante la vigencia de la autorización, el profesional conserva su derecho a cobrar íntegramente los honorarios.

En el desafortunado caso de que una operación o remate se rescinda o anule sin que medie culpa del profesional interviniente, este tiene derecho a que se le abonen los gastos documentados en los que incurrió, además de hasta un 25% de la comisión total que le hubiera correspondido.

El Contrato de Corretaje y las Obligaciones del Corredor

Existe un contrato de corretaje cuando una persona habilitada (el corredor o martillero) se obliga a mediar en la negociación y conclusión de uno o varios negocios, sin estar vinculado por relación de dependencia o representación con ninguna de las partes. El contrato se considera concluido por la intervención del corredor habilitado, a menos que alguna de las partes proteste expresamente al inicio de su actuación.

Obligaciones Clave del Corredor

La ley impone al corredor una serie de obligaciones para asegurar la transparencia y seguridad de las operaciones:

  • Verificación de Identidad y Capacidad: Asegurarse de la identidad de las personas y su capacidad legal para contratar.
  • Propuesta Clara y Precisa: Presentar la transacción con exactitud, precisión y claridad, evitando información que pueda inducir a error.
  • Comunicación de Circunstancias: Informar a las partes sobre cualquier circunstancia relevante que pueda influir en el negocio.
  • Confidencialidad: Mantener reserva sobre las negociaciones, cediendo solo ante requerimiento judicial o de autoridad competente.
  • Asistencia: Estar presente en la firma de instrumentos conclusivos y entrega de bienes si alguna parte lo solicita.
  • Preservación de Muestras: Guardar muestras de productos negociados si aplica.

Características Fundamentales del Corredor

La función del corredor se define por varios atributos esenciales:

  • Autonomía: No actúa bajo dependencia o representación de las partes. Media libremente dentro de las bases dadas.
  • Profesionalidad: Es una actividad regulada que requiere matriculación y formación específica (Leyes 20.266 y 25.028).
  • Imparcialidad: Se mantiene neutral frente a las partes, ajeno al resultado final del negocio.
  • Indelegabilidad: Los requisitos para ejercer son inherentes a la persona del profesional (competencia, imparcialidad, honorabilidad).

Corredor vs. Mandatario: Una Distinción Importante

Es crucial diferenciar la figura del corredor o martillero de la del mandatario. Mientras que el corredor simplemente intermedia, poniendo en relación a las partes sin representarlas, el mandatario actúa en nombre y representación de una de las partes para ejecutar actos jurídicos. Como se menciona en la jurisprudencia citada, la distinción es sustancial: el corredor media sin lazos de colaboración, subordinación o representación, mientras que el mandatario recibe poder para representar a otro.

Preguntas Frecuentes sobre la Profesión

¿Es necesario tener un título para ser Martillero Público?

Sí, la Ley 25.028 estableció como requisito habilitante poseer un título universitario o terciario reconocido.

¿Cuánto cobra un Martillero en un remate de hacienda?

Según la normativa vigente, para haciendas (vacunos, ovinos, caprinos, porcinos), la comisión mínima es del 2% a cargo del comprador y 2% a cargo del vendedor.

¿Se pueden pactar honorarios por debajo de los mínimos legales?

No, la ley establece honorarios mínimos obligatorios. Pactar por debajo de estos montos es considerado una falta grave para el profesional matriculado.

¿Cuándo cobra sus honorarios el profesional?

Generalmente, el derecho a cobrar nace con la firma del boleto de compraventa o la escritura. Existen disposiciones específicas para casos donde la operación se cierra sin su intervención pero dentro del plazo de autorización.

¿Qué ocurre con los honorarios si la operación se anula?

Si la anulación no es por culpa del profesional, este tiene derecho a cobrar los gastos documentados y hasta un 25% de la comisión total.

Conclusión

La profesión de Martillero Público y Corredor de Comercio es un campo regulado que exige formación académica y matriculación. En Mar del Plata, la Universidad Católica de la Plata es una opción para obtener la formación necesaria. La retribución de estos profesionales se basa en honorarios, calculados como porcentajes sobre el valor de las operaciones, con aranceles mínimos establecidos por ley para garantizar la dignidad y seriedad del ejercicio profesional. Comprender el marco legal, las obligaciones y la estructura de honorarios es esencial tanto para quienes desean ejercer como para quienes requieren sus servicios, asegurando transacciones transparentes y justas.

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