¿Qué significa suplente cargo vacante?

Acceso a Cargos Docentes y Preceptorado

18/07/2018

Explorar las vías de acceso a cargos en el ámbito educativo es un paso fundamental para quienes aspiran a desarrollarse profesionalmente en este sector. Las normativas varían según la jurisdicción y el tipo de establecimiento, delineando procesos específicos que garantizan la transparencia y la selección basada en méritos y aptitudes. A continuación, detallamos los procedimientos para la cobertura de cargos docentes y de preceptor en las escuelas secundarias dependientes de la Universidad de Buenos Aires (UBA), así como el método para postularse a remanentes de cargos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

¿Cuál es el puesto más alto en una escuela secundaria?
Un director de escuela secundaria gestiona las operaciones diarias y supervisa a todo el personal docente y administrativo de la escuela.

Es importante señalar que la información proporcionada se basa estrictamente en los reglamentos citados, que describen el acceso a cargos de preceptor (y ayudantes de clases prácticas) en la UBA y a remanentes generales en CABA. La figura específica de “jefe de preceptores” no se detalla en los textos de referencia, por lo que nos enfocaremos en los procesos para los cargos mencionados.

Índice de Contenido

Cobertura Transitoria en Escuelas Secundarias UBA

Los cargos vacantes interinos y/o suplentes en los establecimientos de enseñanza secundaria dependientes de la Universidad de Buenos Aires se cubren transitoriamente mediante la constitución de un orden de mérito. Este listado tiene vigencia hasta que se sustancien los concursos correspondientes para cargos regulares.

¿Quiénes son Docentes Interinos y Suplentes?

Según el reglamento, un docente interino es aquel designado temporalmente en un cargo o con horas de cátedra vacantes, cuya función finaliza al suprimirse el cargo/horas o cuando son cubiertas por personal concursado. Un docente suplente es designado transitoriamente para cubrir un cargo ocupado por un docente regular o interino, mientras dura su ausencia por vacancia o licencias.

Requisitos para la Inscripción en el Orden de Mérito

Para poder inscribirse y aspirar a cubrir estos cargos transitorios, los postulantes deben cumplir ciertas condiciones generales y específicas:

  • No haber cumplido los SESENTA Y CINCO (65) años de edad al inicio del período de inscripción.
  • No estar comprendido en causales de inhabilitación para cargos públicos.

Específicamente para el cargo de preceptor:

  • Deberá poseer título de nivel superior.
  • Excepcionalmente, en su defecto, podrá contar con título de nivel medio y estar realizando o haber realizado algún trayecto de formación específica vinculado a educación.

Para otros cargos transitorios (horas de cátedra, ayudante de clases prácticas) se requieren títulos docentes o profesionales específicos.

Proceso de Inscripción y Publicidad

La inscripción para la cobertura de horas de cátedra vacantes, cargos de ayudante de clases prácticas o de preceptor se realiza cada DOS (2) años durante un período de CINCO (5) días hábiles en el mes de noviembre. Es fundamental estar atento a los anuncios, ya que la inscripción debe garantizar la más amplia publicidad. Se anuncia obligatoriamente en las carteleras y páginas WEB de la Universidad de Buenos Aires y de sus establecimientos secundarios. La difusión puede realizarse conjuntamente con las Unidades Académicas de la UBA, y siempre debe constar la fecha de inicio y fin del período de inscripción.

Documentación Requerida

Los aspirantes deben entregar:

  • La solicitud de inscripción.
  • Detalle de sus antecedentes (en original, una copia en papel y una copia digital). La solicitud tiene carácter de declaración jurada.
  • Fotocopias de la documentación que acredite los antecedentes mencionados (una copia).

Los antecedentes a detallar incluyen:

  • Títulos obtenidos o en curso (Secundario, Pregrado, Grado, Posgrado, postítulos), consignando institución y fecha o porcentaje de materias aprobadas.
  • Antecedentes docentes (nivel Secundario y Superior), indicando institución, período y naturaleza de la designación.
  • Trabajos científicos, conferencias, publicaciones.
  • Seminarios, jornadas, cursos de especialización y/o actualización (disciplinares y/o pedagógicos).
  • Cargos desempeñados y misiones especiales.
  • Otros cargos y antecedentes que el aspirante considere relevantes para su competencia.

Toda la documentación se entrega en carpeta, identificada con el nombre del aspirante.

Evaluación de Antecedentes y Constitución del Orden de Mérito

Para valorar los antecedentes y elaborar el orden de mérito, se conforman Comités de Evaluación. Para los aspirantes a cargos de preceptores, el Comité está integrado por:

  • UN (1) miembro del equipo de conducción del establecimiento.
  • UN/UNA (1) especialista en educación externo/a al establecimiento.
  • UN (1) miembro del área de orientación escolar del establecimiento.

Pueden asistir veedores gremiales docentes.

El Comité evalúa las solicitudes y confecciona el orden de mérito.

Escala de Puntaje para Preceptores (Transitorios)

La evaluación para cargos de preceptores se realiza según la siguiente escala de puntaje, con un máximo de CIEN (100) puntos:

  • Títulos obtenidos o en curso: hasta TREINTA (30) puntos. Se pondera especialmente la formación específica vinculada a educación.
  • Antecedentes docentes: hasta TREINTA (30) puntos. Se considera antigüedad en el establecimiento (hasta 15 puntos), en otros secundarios (hasta 10 puntos) y en otros cargos UBA (hasta 5 puntos).
  • Trabajos científicos, conferencias, publicaciones: hasta QUINCE (15) puntos.
  • Seminarios, jornadas, cursos de especialización/actualización: hasta DIEZ (10) puntos.
  • Cargos desempeñados, misiones especiales, otros antecedentes: hasta QUINCE (15) puntos.

El Comité puede solicitar documentación probatoria.

Publicación y Vigencia del Orden de Mérito

El listado del orden de mérito se eleva al Rector del Establecimiento para su publicación en cartelera y página WEB. Los docentes del establecimiento incluidos tienen prioridad. El orden de mérito definitivo tiene una vigencia de DOS (2) años calendario. Para nuevas inscripciones dentro de ese período, solo se presenta la actualización de antecedentes.

Los aspirantes pueden solicitar rectificación de puntaje en un plazo de TRES (3) días hábiles tras la publicación, presentando una nota fundada al Rector. El Comité revisará y el Rector ratificará o rectificará el orden de mérito.

Cobertura de Suplencias Cortas

En casos de suplencias de duración menor a TRES (3) meses, si los órdenes de mérito vigentes no incluyen docentes del establecimiento, el Rector puede efectuar una convocatoria interna para cubrir la suplencia.

Acceso Regular Mediante Concurso en Escuelas Secundarias UBA

El acceso a los cargos vacantes regulares de preceptores y ayudantes de clases prácticas en las escuelas secundarias UBA se realiza mediante concurso público y abierto de antecedentes y oposición.

Llamado a Concurso

El Rector del establecimiento solicita autorización al Rector de la Universidad para llamar a concurso. Esto ocurre para nuevos cargos, cargos vacantes por jubilación (con 15 meses de anticipación) o cargos interinos (antes del 1° de noviembre anual), y cargos con resultados desfavorables en evaluaciones de desempeño. La solicitud debe especificar el cargo, carga horaria, número de cargos y si cuenta con partida presupuestaria.

Una vez aprobado, el Rector del establecimiento declara abierta la inscripción por el término de TREINTA (30) días. La difusión debe ser amplia, en carteleras y páginas WEB de la UBA y sus escuelas secundarias, indicando fechas, horario, cargo y número de cargos.

Condiciones y Documentación para Concurso

Las condiciones generales para concursar son similares a las de la inscripción transitoria (edad menor a 65, no inhabilitado). Para el cargo de preceptor regular se requieren las mismas condiciones de titulación que para el cargo transitorio: título de nivel superior, o excepcionalmente, título de nivel medio con formación específica en educación.

La solicitud de inscripción se presenta en la Mesa de Entradas del establecimiento, por sextuplicado, dirigida al Rector. Debe contener datos personales completos, domicilio constituido en Capital Federal y un detalle pormenorizado y documentable de los antecedentes:

  • Títulos obtenidos (legalizados si no son de UBA).
  • Antecedentes docentes (autenticados si no son del establecimiento).
  • Antecedentes científicos (publicaciones éditas/inéditas).
  • Cursos de especialización/actualización, conferencias, investigaciones.
  • Otros cargos desempeñados en el sistema educativo, universidad, misiones especiales.
  • Otros antecedentes relevantes.

La solicitud tiene carácter de declaración jurada. Se pueden presentar nuevos antecedentes o trabajos por escrito hasta antes de la entrevista personal.

Exhibición de Inscriptos y Objeciones

Tras el vencimiento de la inscripción, la nómina de inscriptos se exhibe por QUINCE (15) días. Durante los DIEZ (10) días posteriores, cualquier miembro de la comunidad del establecimiento o persona puede objetar a los aspirantes, fundado en carencia de integridad moral, rectitud cívica/universitaria, o inhabilitaciones. Las objeciones deben estar fundadas y acompañadas de pruebas.

El Rector da vista al aspirante objetado para que realice su descargo en DIEZ (10) días. Si existen pruebas de hechos contrarios a la ética universitaria, el Rector puede excluir al aspirante del concurso. La resolución es apelable ante el Consejo Superior de la UBA.

Designación y Actuación del Jurado

Los miembros del jurado son designados por el Rector de la UBA a propuesta del Rector del establecimiento. Para el concurso de preceptores, el jurado está integrado por:

  • UN (1) Vicerrector del establecimiento.
  • UN (1) especialista en educación externo al establecimiento.
  • UN (1) integrante del área de orientación escolar del Establecimiento.

Se proponen TRES (3) titulares y TRES (3) suplentes. La nómina del jurado se notifica a los aspirantes y se publicita por DIEZ (10) días para permitir recusaciones.

Recusación y Excusación de Jurados

Los aspirantes pueden recusar a un miembro del jurado por causa fundada en CINCO (5) días tras la publicidad. Las causales incluyen parentesco, sociedad, pleitos pendientes, relaciones económicas, denuncias/querellas previas, preconcepto sobre el resultado, amistad íntima/enemistad, beneficios recibidos, falta de versación reconocida, transgresiones a la ética universitaria o infracción al régimen de incompatibilidad. No es causal haber actuado en concursos anteriores con los mismos aspirantes.

Todo miembro del jurado comprendido en una causal está obligado a excusarse. Las recusaciones y excusaciones son tramitadas y resueltas por el Consejo Superior de la UBA. Si se acepta una recusación, el miembro es reemplazado por un suplente.

Desarrollo del Concurso: Evaluación y Entrevista

El jurado se constituye y recibe los antecedentes de los aspirantes. Deben expedirse en VEINTE (20) días. El concurso consta de dos etapas:

  1. Análisis de Antecedentes: El jurado evalúa conjuntamente los antecedentes docentes y científicos. No se computa solo la antigüedad, distinciones honoríficas ajenas a docencia/investigación o publicaciones de escaso valor. Pueden solicitar el legajo personal del aspirante.
  2. Entrevista Personal: Los miembros del jurado se entrevistan personalmente con cada aspirante para conocer su motivación, cómo desempeñaría el cargo, puntos de vista sobre autoridad, disciplina, relación con estudiantes/docentes/preceptores, desarrollo de actividades de orientación, conocimiento de procedimientos técnicos/administrativos/gestión, entre otros. El aspirante que no se presente a la entrevista es eliminado automáticamente.

La evaluación se puntúa sobre CIEN (100) puntos:

  • Antecedentes: de CERO (0) a CUARENTA (40) puntos (hasta 10 puntos por actuación en cargos similares en el establecimiento).
  • Entrevista personal: de CERO (0) a SESENTA (60) puntos.

Para no ser excluido del orden de mérito, el aspirante debe superar un mínimo de DIEZ (10) puntos en antecedentes y QUINCE (15) puntos en la entrevista personal.

La escala de puntaje detallada para antecedentes en el concurso regular es:

  • Títulos obtenidos o en curso: hasta DIEZ (10) puntos (desglose por nivel). Se pondera formación específica en educación.
  • Antecedentes docentes: hasta CATORCE (14) puntos (antigüedad en UBA equiv., otros Sec., otros cargos UBA).
  • Trabajos científicos, conferencias, publicaciones: hasta SEIS (6) puntos.
  • Seminarios, jornadas, cursos de especialización/actualización: hasta CUATRO (4) puntos.
  • Cargos desempeñados, misiones especiales, otros antecedentes: hasta SEIS (6) puntos.

Dictamen del Jurado y Resolución

El dictamen del jurado debe ser fundado, firmado por todos, y contener la justificación de exclusiones, nómina de aspirantes calificados, no presentados a entrevista, criterios de evaluación, resultados de entrevista, y el orden de mérito con puntajes. Si no hay unanimidad, se elevan dictámenes separados.

¿Qué artículo habla de la escuela?
ARTICULO 35. - El sistema educativo nacional está constituido por las escuelas, instituciones, centros de investigación, de estudio y demás actividades culturales que establezca y realice el Estado.

Los dictámenes se notifican a los aspirantes. Son impugnables por defectos de forma, procedimiento o manifiesta arbitrariedad en CINCO (5) días. El Rector puede solicitar ampliación al jurado.

Basado en el dictamen, observaciones de veedores (si los hay) e impugnaciones, el Rector puede: solicitar ampliación, aprobar el dictamen y designar, declarar desierto o dejar sin efecto el concurso. La resolución debe ser fundada y notificada a los aspirantes, quienes pueden impugnarla en CINCO (5) días ante el Rector, elevándose al Consejo Superior para resolución definitiva.

Designación y Estabilidad en Cargos Regulares UBA

La designación por concurso otorga estabilidad en el cargo concursado, siempre que se cumplan los requisitos de categoría/jerarquía, no apliquen causales de inhabilitación y los resultados de evaluación de desempeño sean favorables.

El designado debe asumir el cargo hasta el 30 de junio del año de nombramiento, a menos que el cargo esté vacante o ya lo desempeñe como interino. Si no asume en plazo, se deja sin efecto la designación y queda inhabilitado para presentarse a concurso o ejercer cargos docentes en la UBA por DOS (2) años. Igual sanción aplica si permanece menos de DOS (2) años sin causa justificada.

Si una designación queda sin efecto, el Rector puede designar al aspirante que sigue en el orden de mérito dentro de los DOS (2) años de la resolución definitiva del concurso. El preceptor/ayudante designado por concurso no puede solicitar licencia por UN (1) año, salvo por salud.

Causales de Inhabilitación (UBA)

Serán inhabilitados para el ejercicio de cargos docentes en la UBA quienes:

  • Sean condenados por delito doloso o en perjuicio de la Administración Pública.
  • Estén inhabilitados para cargos públicos.
  • Sean sancionados con cesantía o exoneración sin rehabilitación.
  • Hayán incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional/democrático.
  • Sean sancionados mediante juicio académico.
  • Hayán violado regímenes de incompatibilidad en los SIETE (7) años anteriores a la presentación al concurso.

Aspectos Generales: Notificaciones y Plazos (UBA)

Las notificaciones a los aspirantes se realizan en el domicilio especial constituido. Se notifican fehacientemente las resoluciones sobre impugnaciones, objeciones, recusaciones, designaciones, dictamen del jurado y lugar/fecha de entrevista.

Los plazos se computan en días hábiles en el establecimiento donde se sustancia el proceso. La presentación de la solicitud implica el conocimiento de las condiciones del reglamento.

Postulación a Remanentes de Cargos en CABA

Paralelamente a los procesos en el ámbito universitario, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires existe un sistema para cubrir vacantes que no fueron cubiertas en los Actos Públicos iniciales. Estos son los llamados remanentes.

Los Actos Públicos son permanentes, y se recomienda a los docentes dejar su disponibilidad horaria al Supervisor Adjunto de su Distrito en los primeros del año (febrero).

Proceso de Postulación a Remanentes CABA

Si hay interés en postularse a cargos vacantes que figuran como remanentes, los docentes deben:

  1. Visitar el sitio web https://actopublico.bue.edu.ar.
  2. Hacer clic en la sección "Remanentes".
  3. Enviar un correo electrónico desde su cuenta @bue a la cuenta @bue del Establecimiento Educativo al que desean postularse.
  4. Copiar en ese mismo correo a las juntas de clasificación correspondientes a su nivel ([email protected] para Inicial/Primaria, [email protected], etc.) y a [email protected].
  5. Manifestar en el correo la voluntad de postularse.
  6. Adjuntar copia digital de: DNI (ambos lados), título/s, Declaración Jurada (DDJJ) de cargos, y el PDF con el remanente al que postulan.

Este correo debe ser enviado en un plazo no mayor a 24 horas desde que se identifica la vacante de interés en los remanentes.

Es necesario obtener una cuenta @bue para realizar este trámite. Ante consultas sobre clasificación, se pueden dirigir a [email protected] o [email protected].

Comparativa de Procesos

Característica UBA: Orden de Mérito (Transitorio) UBA: Concurso (Regular) CABA: Remanentes
Tipo de Cargo Interino/Suplente (Preceptor, Ayudante, HC) Regular (Preceptor, Ayudante) Vacantes no cubiertas (General)
Estabilidad No Sí (condicionada) Generalmente transitorio (suplencia, interinato)
Vigencia del Listado/Orden 2 años Designación con estabilidad (orden de mérito del concurso válido 2 años para cubrir vacantes posteriores) Continuo (lista de remanentes actualizada)
Método de Selección Evaluación de antecedentes Evaluación de antecedentes + Entrevista personal Postulación vía email sobre lista publicada
Base de Evaluación Puntaje de antecedentes (hasta 100) Puntaje de antecedentes (hasta 40) + Entrevista (hasta 60) No se detalla evaluación, es postulación sobre vacante
Comité/Jurado Comité de Evaluación (Preceptores: 3 miembros) Jurado (Preceptores: 3 miembros) No aplica (postulación directa a escuela/juntas)
Publicidad Carteleras, Web UBA/Escuelas Carteleras, Web UBA/Escuelas Web específica (actopublico.bue.edu.ar), comunicación escolar
Requisitos de Título Preceptor Superior (excep. Medio+formación esp.) Superior (excep. Medio+formación esp.) Según el cargo específico del remanente

Preguntas Frecuentes sobre el Acceso a Cargos Educativos

¿Cuánto tiempo dura la vigencia de un orden de mérito para cargos transitorios en UBA?

El orden de mérito definitivo para la cobertura transitoria de cargos en las escuelas secundarias de la UBA tiene una vigencia de DOS (2) años calendario.

¿Cuál es el requisito de edad para postularse a cargos en UBA?

Para postularse tanto a la inscripción para el orden de mérito transitorio como a concurso para cargos regulares en UBA, el aspirante no debe haber cumplido los SESENTA Y CINCO (65) años de edad al inicio de la inscripción.

¿Qué tipo de título se necesita para ser preceptor en las escuelas secundarias UBA?

Se requiere título de nivel superior. Excepcionalmente, se puede aceptar título de nivel medio si el aspirante está realizando o ha realizado un trayecto de formación específica vinculado a educación.

¿Cuáles son las etapas del concurso para cargos regulares en UBA?

El concurso consta de dos etapas principales: la evaluación de antecedentes y la entrevista personal.

¿Puedo presentar antecedentes o trabajos adicionales después de la inscripción a un concurso regular en UBA?

Sí, la presentación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción puede efectuarse por escrito y se agregará al expediente con antelación a la entrevista personal.

¿Qué sucede si no me presento a la entrevista personal en un concurso regular UBA?

El aspirante que no se presente a la entrevista personal quedará automáticamente eliminado del concurso.

¿Cómo me entero de los remanentes de cargos disponibles en CABA?

Debes visitar el sitio web https://actopublico.bue.edu.ar y hacer clic sobre la sección "Remanentes".

¿Qué documentos debo adjuntar al correo electrónico para postularme a un remanente en CABA?

Debes adjuntar copia digital de tu DNI (ambos lados), título/s, Declaración Jurada (DDJJ) de cargos, y el PDF con el detalle del remanente al que te postulas.

¿En cuánto tiempo debo enviar el correo de postulación para un remanente en CABA?

Debes enviar el correo electrónico manifestando tu voluntad de postularte en un plazo no mayor a 24 horas desde que identificaste la vacante.

Si soy designado en un cargo regular UBA por concurso, ¿tengo que asumir inmediatamente?

Puedes asumir el cargo solo hasta el 30 de junio del año de tu nombramiento, a menos que el cargo ya estuviera vacante o estuvieras desempeñándolo como interino. Si no asumes para esa fecha, deberás hacerlo al inicio del ciclo lectivo del año siguiente.

Consideraciones Finales

Acceder a un cargo educativo, ya sea transitorio o regular, requiere un conocimiento detallado de los procedimientos establecidos. En el caso de las escuelas secundarias UBA, existen dos caminos claros: el orden de mérito bienal para coberturas temporales y el concurso público de antecedentes y oposición para cargos regulares. Ambos procesos implican la evaluación de la formación y experiencia del aspirante por comités o jurados especializados. Para las vacantes que surgen en CABA y no se cubren en los actos públicos, el sistema de remanentes ofrece una vía adicional de postulación, con un trámite específico basado en la comunicación electrónica.

Es crucial seguir las indicaciones detalladas en las respectivas normativas, presentar la documentación completa en tiempo y forma, y estar atento a las publicaciones y notificaciones. Cada paso, desde la inscripción hasta la evaluación y eventual designación, está regido por reglas claras destinadas a asegurar un proceso de selección equitativo y basado en los méritos de los postulantes.

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