¿Cómo trabaja un AT en la escuela?

El Acompañante Terapéutico en la Escuela Primaria

01/05/2022

La presencia de los acompañantes terapéuticos (AT) en las instituciones educativas de nivel primario es cada vez más común, lo que ha llevado a una familiarización progresiva con esta figura profesional. Sin embargo, a pesar de su creciente visibilidad, aún persisten interrogantes y confusiones sobre el alcance y las responsabilidades que le incumben al AT dentro del ámbito escolar. Comprender claramente su rol es fundamental para evitar expectativas erróneas y garantizar un trabajo colaborativo efectivo en beneficio del niño o niña acompañado.

El acompañante terapéutico es un profesional que se sitúa en el campo de la salud, actuando como un auxiliar, pero no es un docente. Su intervención en la escuela primaria está orientada específicamente a brindar contención afectiva, emocional y conductual a aquellos niños y niñas que, debido a sus necesidades especiales, requieren apoyo adicional para desenvolverse de manera adecuada en el entorno escolar, interactuando tanto con sus pares como con los maestros.

¿Qué es ser AT en un colegio?
El trabajo del acompañante terapéutico (AT) supone una dirección hacia un sujeto, pero este no es sin sus medios, sin su entorno, sin sus vínculos. Y lo escolar no es la excepción a esto, forma parte de su cotidianidad y es el primer ámbito social extra familiar.
Índice de Contenido

Funciones Clave del Acompañante Terapéutico en el Ámbito Escolar

El rol del AT en la escuela primaria se centra primordialmente en aspectos no académicos, aunque su trabajo indirectamente pueda impactar positivamente en el proceso de aprendizaje. Sus funciones específicas incluyen:

  • Ayudar al niño o niña a adaptarse a diversas situaciones que pueden generar ansiedad en el contexto escolar.
  • Fomentar y acompañar al niño o niña en la tolerancia a las frustraciones que son inherentes a la vida cotidiana en la escuela.
  • Prestar especial atención a los aspectos afectivos, a la calidad de los vínculos que establece el niño o niña y a su integración social, priorizando estos elementos por encima de los contenidos curriculares.
  • Si bien no es su función principal, el AT puede colaborar identificando factores (no académicos) que estén obstaculizando el desempeño escolar del niño o niña y comunicarlos al equipo terapéutico y docente para facilitar la implementación de adaptaciones necesarias.
  • Amortiguar momentos de angustia o desorganización que pueda experimentar el niño o niña.
  • Promover la capacidad de escucha y la espera en diversas situaciones escolares.
  • Favorecer activamente la socialización, la participación en juegos y la integración con otros compañeros.
  • Generar espacios o estrategias que prevengan la desorganización conductual o emocional del niño o niña dentro del aula o en otros espacios de la escuela.

Estos aspectos, aunque no se relacionen directamente con la enseñanza de materias, son factores críticos que influyen de manera significativa en el proceso de aprendizaje y en el bienestar general del niño o niña en la escuela.

Lo que NO Corresponde al Rol del AT en la Escuela

Es crucial delimitar claramente el rol del AT para evitar confusiones que puedan surgir del desconocimiento. Existen acciones que, por su naturaleza, no forman parte de las responsabilidades del acompañante terapéutico:

  • Corregir las tareas escolares del niño o niña.
  • Delegar en el AT la enseñanza de los contenidos curriculares.
  • Esperar que el AT se haga cargo del aula o del grupo en ausencia del docente.
  • Considerar que la función primordial del AT es "vigilar" al niño o niña para que simplemente se "porte bien" o controlar su conducta de manera punitiva.
  • Pedirle que actúe como un "guardián" o "policía" del niño o niña.

Una comprensión clara de estas distinciones es vital para que el AT pueda desempeñar su labor de manera efectiva y para que la institución escolar y la familia puedan colaborar de forma adecuada, potenciando así los objetivos del acompañamiento terapéutico.

El Ingreso del Niño con Discapacidad a la Escuela: Un Proceso Complejo

El inicio o la continuidad de la escolarización para un niño con discapacidad implica un proceso multifacético que involucra a diversas partes y que a menudo está cargado de complejidades. Podemos identificar tres instancias o procesos necesarios:

  1. El niño es llevado a la escuela por su familia: La elección de la escuela, especialmente en casos de discapacidad, a menudo no responde a una preferencia, sino a la disponibilidad de un cupo tras un arduo camino. Este proceso para la familia implica trámites, solicitudes (incluida la del acompañante), y acuerdos, generando a menudo angustia y desgaste. Estos son los condicionantes que la escuela presenta a la familia y al niño.
  2. El niño debe ser alojado por la escuela: La escuela, tradicionalmente regida por un paradigma positivista y normalizador enfocado en el orden, la disciplina y el saber, está diseñada para un "alumno ideal". Sin embargo, la llegada de un alumno con discapacidad irrumpe en esta estructura, evidenciando sus limitaciones artificiales. Aquí es donde entran en juego los conceptos de inclusión e integración, amparados por leyes que buscan garantizar el acceso y la participación plena, a pesar de las resistencias iniciales que pueden surgir en el cuerpo docente, a menudo expresadas como falta de preparación o malestar. Es fundamental abordar este malestar para que no se traslade al niño.
  3. El niño debe apropiarse de esa "su" escuela: Este es quizás el proceso más desafiante. ¿Cómo apropiarse de un lugar al que quizás se accedió forzadamente, o donde la inclusión se construyó sin las herramientas o el tiempo adecuados? El escenario es un sistema educativo con barreras, donde los límites entre igualdad y equidad pueden ser difusos, corriendo el riesgo de anular subjetividades. La apropiación, desde una perspectiva psicológica, implica hacer propia la experiencia de la realidad construida con otros en un contexto sociohistórico. La pregunta clave es si el niño se apropia de una experiencia real de pertenencia o si simplemente se "adueña" temporalmente de un espacio que no siente propio. La respuesta dependerá de cómo se lleve a cabo el proceso de inclusión-integración.

La inclusión puede entenderse como la entrada o el acceso al sistema educativo, respaldado por un marco legal. La integración, en cambio, implica formar parte activa y sentida de esa comunidad educativa. Utilizando una metáfora simple: al hacer pan, incluimos el agua entre los ingredientes; una vez amasado el bollo, el agua ya no se ve separada, está integrada.

Observaciones sobre la Inclusión del AT en la Escuela

La presencia del acompañante terapéutico en la escuela a menudo surge como un requisito institucional más que como una demanda terapéutica específica. La escuela, al sentirse interpelada por la diferencia que presenta el alumno con discapacidad, solicita un AT como garantía de un "saber hacer" ante lo desconocido. Esta figura, aunque necesaria, a veces puede sentirse como una presencia incómoda dentro del aula, actuando como testigo de la dirección de la enseñanza.

Cuando el pedido de AT es un requisito a priori, incluso antes de conocer al niño y evaluar si realmente lo necesita o si es la estrategia más adecuada, corre el riesgo de desvalorizar su rol profesional, convirtiéndolo en un mero trámite de acceso. Esto puede generar un terreno menos fértil para su intervención terapéutica.

Otro punto a considerar es la cantidad de días y horas solicitadas para el acompañamiento, que a menudo es excesiva. Una compañía constante puede resultar abrumadora para el niño acompañado, por lo que es fundamental regular la proximidad y la intensidad del acompañamiento para que sea soportable y no obstaculice el proceso de autonomía e integración. El acompañante debe actuar de manera cautelosa y medida.

En este escenario complejo, el AT se encuentra en un campo pedagógico con objetivos a veces poco claros, sin una demanda real definida, con tiempos que pueden ser desproporcionados y una historia previa cargada de dificultades. Sin embargo, es precisamente en este contexto donde el acompañante terapéutico debe encontrar la posibilidad de hacer algo, donde acontece lo terapéutico.

¿Qué son las escuelas de recuperación?
Los programas de recuperación están diseñados para cerrar la brecha entre lo que un estudiante conoce y lo que se espera que sepa. A menudo se enfocan en las habilidades lectoras y matemáticas. En muchos casos, los estudiantes salen de sus salones de clases regulares para ser enseñados en otro lugar.

El Acompañamiento Terapéutico: Un Rol Amplio que Traspasa al Niño

La intervención del acompañante terapéutico en la escuela no se limita únicamente al niño o niña acompañado. En esta "puesta en escena", los actores son muchos, y el acompañamiento se extiende también a la familia y a todo el entorno educativo.

El AT acompaña a la docente y a otros educadores, ayudándolos a disipar temores, a construir un vínculo amoroso con el niño o niña que permita la transmisión de saberes, en lugar de una mirada lastimosa o temerosa nacida del desconocimiento. Se busca que los educadores vean a un alumno, "su alumno", y no solo a un cuerpo asociado a una discapacidad o a otro campo de saber ajeno al pedagógico.

Los maestros son los referentes del aula, responsables de la enseñanza para todos los niños, independientemente de si tienen o no una discapacidad. La escuela pertenece a todos los niños. El AT puede contribuir a que el docente recupere ese saber sobre la enseñanza a la diversidad, un saber que quizás le fue "expropiado" al considerar que la discapacidad era ajena a su ámbito. Esto desobtura el proceso de enseñanza y favorece el establecimiento de un lazo y una apuesta mutua entre docente y alumno, motorizando el deseo de saber.

El trabajo del AT también se extiende al grupo de pares. Atento a las preguntas y reacciones de los compañeros, el acompañante puede intervenir (con consentimiento docente) para ayudar a los niños a comprender la diversidad. Una estrategia poderosa es intervenir no solo con el niño acompañado, sino con todo el grupo, para significar que la necesidad de un otro no es exclusiva de la discapacidad, sino una condición de todo ser humano.

Con respecto a la familia, el acompañante terapéutico debe evitar convertirse en un "chivo emisario" entre la familia y la institución. Por el contrario, su función es convocar a la familia a ocupar su lugar protagónico en el proceso, haciéndolos partícipes y co-conductores de la inclusión educativa de su hijo. La familia debe ser entendida como parte del contexto del niño, no como un obstáculo. Emitir juicios de valor sobre la familia solo perjudicaría el trabajo con el niño.

AT en la Escuela: ¿Sí o No? El Enfoque en el Sujeto

Desde el punto de vista legal, en muchos lugares no existe una ley específica que determine quién debe acompañar el proceso de un niño con discapacidad en la escuela. La figura del AT, por lo tanto, es a menudo una elección libre, pensada idealmente en función de las necesidades particulares de cada niño. Un argumento a favor de la figura del AT es que su formación, al estar fuera del campo puramente pedagógico, le permite aportar una mirada y una intervención diferentes, que pueden romper la lógica normalizadora y abrir caminos posibles para los niños en el proceso de integración. Su lectura e intervención desde un lugar distinto al pedagógico puede abordar posicionamientos subjetivos que, aunque no sean el foco del docente, se conjugan con el ámbito educativo y son esenciales para el bienestar del niño.

La verdadera inclusión escolar no se construye creando una "sub-aula" dentro del aula o simulando una integración. Se construye aprendiendo con otros, entendiendo que el aprendizaje puede ocurrir de diferentes maneras, en distintos tiempos y con distintas herramientas. Abrir espacio para la singularidad permite que acontezca el aprendizaje y se instaure el lazo social, fundamental para todos los niños en este primer ámbito social y cultural que es la escuela.

El acompañante terapéutico, al igual que otros profesionales, puede ser convocado como un "experto" o portador de un saber que ofrece garantías ante la "fantasmática" que rodea la discapacidad. Sin embargo, es crucial que el AT evite ocupar ese lugar de "experto total" y, en cambio, habilite a los adultos que rodean al niño (maestros, familia) a ser los referentes en su proceso escolar y en su vida. El AT acompaña sujetos, no discapacidades. La intervención no se basa en el diagnóstico (Síndrome de Down, TEA, parálisis, etc.), sino en la posición subjetiva del acompañado en su vida cotidiana (escuela, familia, vínculos, etc.) y cómo su condición lo atraviesa. La discapacidad, en realidad, no está en la persona, sino en el complejo entramado social que habilita o inhabilita. Las consecuencias de esta interacción social son la materia prima del trabajo artesanal del AT.

¿Cómo trabaja un AT en la escuela?
El AT trabaja en conjunto con el centro educativo y la familia . Cada uno con distintos roles pero con el mismo fin , que es disminuir o eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación que pueda estar presentando el/la alumno/a, y lo más importante, la inclusión escolar.

No se acompaña a las personas *por tener* un diagnóstico, sino a sujetos con todo lo que ello implica. Los diagnósticos no son marcas en sí mismos; las marcas se producen en la interacción con otros, en un contexto social y cultural. Estas marcas pueden obstaculizar o habilitar caminos, herir o fortalecer, dependiendo de cómo se las mire, se las escuche y se las viva, tanto por el sujeto como por quienes lo rodean. Recordando el emblema de los activistas con discapacidad: "Nada de nosotros sin nosotros". El acompañado sabe más que nadie sobre sí mismo, y el AT está llamado a escuchar, mirar y construir con él.

Cobertura Legal del Acompañamiento Terapéutico

Una preocupación frecuente para las familias es la cobertura del servicio de acompañamiento terapéutico por parte de obras sociales y empresas de medicina prepaga. Aunque a veces argumentan la inexistencia de la profesión o de títulos oficiales, la ley es clara al respecto.

La Ley 22.431 (Sistema de Protección Integral de los Discapacitados) establece que el servicio de acompañamiento terapéutico, al ser inherente al ámbito de la salud, debe ser cubierto al 100% por obras sociales y prepagas.

Complementariamente, la Ley 24.901 instituyó un sistema de prestaciones básicas en rehabilitación y habilitación, que incluye este tipo de servicios. Esta norma aplica a todos los efectores de salud, públicos o privados. Las obras sociales y prepagas no pueden negar la cobertura basándose en que el servicio no está en su cartilla, o si el profesional es externo a su red, siempre y cuando sea idóneo.

La cobertura total e integral es un derecho de la persona con discapacidad por el tiempo y etapas que requiera, siendo el Certificado Único de Discapacidad (CUD) el documento clave que acredita este derecho. Si la persona no cuenta con cobertura de obra social o prepaga, es el Estado el responsable de brindar la asistencia total.

Cómo Solicitar el Servicio de Acompañamiento Terapéutico

Para gestionar la cobertura del AT, los pasos generales son:

  1. Obtener el Certificado Único de Discapacidad (CUD), si aún no se tiene. Es el documento fundamental para acceder a los derechos y coberturas.
  2. Solicitar a los médicos tratantes (quienes diagnostican y siguen al niño) una orden médica que indique la necesidad del acompañamiento terapéutico.
  3. Presentar toda la documentación requerida (CUD, orden médica, informes, etc.) ante la obra social o prepaga, siguiendo sus protocolos administrativos.

Ante negativas o dilaciones injustificadas por parte de las entidades de salud, las familias pueden recurrir a la vía legal, siendo la acción de amparo una herramienta efectiva para garantizar el cumplimiento de la ley y el acceso a la prestación.

Preguntas Frecuentes sobre el AT en la Escuela

Pregunta Respuesta
¿El acompañante terapéutico es un maestro? No, el AT es un profesional auxiliar de la salud y no tiene funciones docentes. Complementa el trabajo pedagógico desde un enfoque afectivo, social y conductual.
¿El AT ayuda al niño con sus tareas escolares? Su función principal no es académica. Puede colaborar identificando obstáculos no pedagógicos, pero no corrige tareas ni enseña contenidos curriculares.
¿Qué diferencia hay entre inclusión e integración en este contexto? La inclusión es el acceso formal del niño a la escuela. La integración implica que el niño forme parte activa y sienta pertenencia dentro de la comunidad escolar.
¿Las obras sociales cubren el servicio de AT en la escuela? Sí, las Leyes 22.431 y 24.901 establecen la obligatoriedad de cobertura al 100% para personas con CUD, incluso si el profesional es externo a su cartilla.
¿Qué es el CUD y por qué es importante? El Certificado Único de Discapacidad es el documento oficial que acredita la condición de discapacidad y es indispensable para acceder a las prestaciones y derechos establecidos por ley, incluida la cobertura del AT.
¿El AT acompaña al diagnóstico? No, el AT acompaña al sujeto, a la persona en su singularidad, considerando cómo su condición lo atraviesa en su vida cotidiana y sus interacciones sociales.

En definitiva, el acompañante terapéutico en la escuela primaria es una figura de apoyo fundamental que trabaja en la intersección entre la salud y la educación. Su labor, centrada en el bienestar emocional, social y conductual del niño, es clave para facilitar una verdadera inclusión educativa. Lejos de ser un sustituto del docente o un simple vigilante, el AT es parte de un equipo que busca potenciar las capacidades del niño, acompañar a su familia y habilitar a la comunidad educativa para que todos puedan construir juntos un espacio donde la singularidad sea bienvenida y el aprendizaje, en su sentido más amplio, pueda florecer.

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