31/08/2020
El funcionamiento de las instituciones educativas en la Provincia de Buenos Aires se rige por normativas específicas que buscan garantizar el derecho social a la educación en un marco de inclusión, participación y respeto por los derechos humanos. Durante muchos años, este marco estuvo definido principalmente por el Decreto N° 6013/58, conocido como el Reglamento General de Escuelas Públicas. Sin embargo, los cambios sociales, políticos y las nuevas leyes de educación y protección de derechos hicieron necesaria una profunda revisión y actualización de este instrumento, considerado propio de un contexto histórico diferente y con un ordenamiento disperso.

Es en este contexto que surge el Decreto N° 2299/11, una pieza fundamental en la modernización del sistema educativo provincial. Este decreto, con fecha 22 de noviembre de 2011, aprueba un nuevo cuerpo normativo: el Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires. Su objetivo principal es consolidar un marco legal actualizado que responda a las exigencias de las Leyes Nacional y Provincial de Educación (N° 26.206 y N° 13.688, respectivamente) y a las leyes de protección integral de derechos de niños y adolescentes (Nacional N° 26.061 y Provincial N° 13.298), reconociendo a todos los miembros de la comunidad educativa como sujetos de derecho.
- Contexto y Necesidad de un Nuevo Reglamento
- Los Principios Fundamentales del Reglamento General Aprobado por Decreto 2299/11
- La Comunidad Educativa: Sujetos de Derecho y Obligaciones
- Organización de la Actividad Institucional
- Aspectos Clave del Funcionamiento Institucional
- Preguntas Frecuentes sobre el Reglamento
- Conclusión
Contexto y Necesidad de un Nuevo Reglamento
El antiguo Reglamento General de Escuelas, Decreto N° 6013/58, había quedado obsoleto frente a las transformaciones del sistema educativo y la sociedad. Se le habían introducido modificaciones parciales a lo largo del tiempo, pero la estructura original, descrita como propia de un contexto histórico autoritario, persistía. Además, la existencia de reglamentos complementarios para los distintos niveles y modalidades de enseñanza había generado un ordenamiento normativo disperso y, en algunos casos, contradictorio, dificultando la vida institucional de las escuelas.
Las nuevas leyes de educación y protección de derechos definieron de manera clara la institución educativa como unidad pedagógica del sistema y reconocieron a los distintos sujetos que la conforman, poniendo especial énfasis en el niño y el adolescente como sujetos de derecho. Esta perspectiva integral impuso la necesidad de resignificar la vida institucional, revisar las prácticas y incorporar nuevas dimensiones a la actividad escolar. El Estado, en su rol de garante del derecho social a la educación, asumió la obligación de remover los obstáculos que impidieran el pleno desarrollo educativo de los alumnos.
Por ello, el Decreto 2299/11 se presenta como la respuesta a esta necesidad de contar con un marco normativo único, ordenado y coherente con el plexo legal vigente. Deroga expresamente el Decreto N° 6013/58 y toda norma que se le oponga, estableciendo que el nuevo Reglamento General es de orden público y de aplicación en todas las instituciones educativas de la provincia, tanto de gestión estatal como privada (con las particularidades que correspondan), y supletoriamente en el Nivel Superior.
Los Principios Fundamentales del Reglamento General Aprobado por Decreto 2299/11
El Reglamento General de las Instituciones Educativas, aprobado por el Decreto 2299/11, se basa en una serie de criterios generales que buscan modernizar y democratizar la vida escolar. Estos criterios, que deben adecuarse a los Niveles y Modalidades, incluyen:
- La definición del Proyecto Institucional como comunidad de trabajo, elaborado con la participación de todos sus integrantes.
- La promoción de modos de organización institucional que garanticen dinámicas democráticas de convocatoria y participación de todos los miembros de la comunidad educativa.
- La adopción del principio de no discriminación en el acceso y trayectoria educativa.
- La provisión de espacios institucionales para que los equipos escolares elaboren sus proyectos.
- La promoción de la vinculación intersectorial e interinstitucional para asegurar servicios sociales, psicológicos, legales, psicopedagógicos y médicos que garanticen condiciones adecuadas para el aprendizaje.
- El desarrollo de procesos de autoevaluación institucional para revisar prácticas y acompañar resultados académicos.
- La contextualización y especificación curricular dentro de los lineamientos provinciales.
- La definición de un código de convivencia propio.
- La promoción de iniciativas que desarrollen experiencias educativas.
- El mantenimiento de vínculos regulares con el contexto social y la creación de redes comunitarias.
- El fomento de la participación comunitaria a través de cooperadoras escolares y otras formas organizadas.
- El favorecimiento del uso de instalaciones escolares para actividades recreativas y comunitarias.
- La promoción de experiencias educativas fuera del ámbito escolar (salidas educativas).
Estos criterios subrayan una visión de la escuela como un espacio dinámico, abierto a la comunidad y centrado en el desarrollo integral de los alumnos, en consonancia con los derechos reconocidos por la legislación actual.
La Comunidad Educativa: Sujetos de Derecho y Obligaciones
El Reglamento define a los integrantes de la comunidad educativa como sujetos de derechos y obligaciones que deben articularse. Deben llevar adelante un proyecto compartido de cooperación y contribuir a la construcción de una cultura institucional democrática que respete los derechos humanos.
Alumnos: Destinatarios Principales y Sujetos Esenciales
Los alumnos son reconocidos como destinatarios principales y sujetos esenciales del acto educativo. Se les deben garantizar todos sus derechos. Según la Ley N° 13688, sus derechos incluyen:
- Una educación integral e igualitaria.
- Ingresar, permanecer y egresar de las propuestas educativas públicas.
- Ser protegidos contra toda agresión o abuso.
- Ser evaluados conforme a criterios fundados e informados al respecto.
- Recibir apoyo social, cultural y pedagógico para garantizar la igualdad de oportunidades.
- Tener acceso a la información pública.
- Recibir orientación vocacional, académica y profesional.
- Integrar asociaciones, centros de estudiantes u otras organizaciones.
- Participar en la formulación de proyectos y elección de espacios curriculares.
- Desarrollar aprendizajes en edificios seguros y saludables.
- Ser incluidos en el mismo turno horario que sus padres o hijos estudiantes.
Sus obligaciones y responsabilidades, también detalladas en la Ley N° 13688, abarcan:
- Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
- Estudiar y esforzarse por el máximo desarrollo.
- Asistir a clase regularmente y con puntualidad.
- Participar en actividades formativas.
- Respetar la libertad de conciencia, dignidad, autoridad y privacidad de todos.
- Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar.
- Respetar el Proyecto Institucional y las normas de convivencia.
- Conservar y hacer buen uso de las instalaciones y materiales.
Para niños y adolescentes, se garantizan además los derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Padres y Responsables: Agentes Naturales y Primarios de la Educación
El vínculo entre los responsables del alumno y la institución implica la obligación de cuidado por parte de la escuela durante el acto educativo, sin excluir el ejercicio de la patria potestad. Los padres, tutores y/o responsables tienen derecho a:
- Ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación.
- Elegir la institución que responda a sus convicciones.
- Participar en las actividades de los establecimientos (individualmente o a través de cooperadoras, consejos de escuela, etc.).
- Ser informados periódicamente sobre la evolución educativa de sus hijos.
- Acceder a la información pública.
- Tener conocimiento y participar en la formulación de las normas de convivencia.
Sus obligaciones incluyen:
- Hacer cumplir la educación obligatoria a sus hijos.
- Asegurar la concurrencia de sus hijos a la escuela.
- Seguir y apoyar la evolución del proceso educativo.
- Respetar y hacer respetar la autoridad pedagógica y las normas de convivencia.
- Respetar y hacer respetar la libertad de conciencia, convicciones, autoridad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad.
- Respetar el Proyecto Institucional y cumplir las normas.
- Contribuir al buen uso de las instalaciones y materiales.
El Personal de la Institución: Roles Docentes y Administrativos
Todo el personal debe ajustar su accionar al principio de legalidad. El personal docente, tanto de gestión estatal como privada (con las particularidades de su relación laboral), se rige por el Estatuto del Docente y otras normas aplicables. El personal administrativo y auxiliar se rige por la Ley N° 10430 y otras normas laborales, según corresponda a la gestión.
El Reglamento detalla el marco general del trabajo docente y las tareas docentes, que son irrenunciables y se concretan en cada cargo. Algunas de estas tareas son:
- El cuidado integral de los alumnos.
- La enseñanza, ejecutando el diseño curricular.
- La acreditación de saberes, evaluando de forma sistemática.
- La formación continua.
- La creación e innovación pedagógica.
- El trabajo en equipo.
- La asistencia a reuniones institucionales.
- La participación en actos y actividades escolares.
- La participación en la autoevaluación institucional y la evaluación de la calidad educativa.
- El cumplimiento de horarios y turnos.
- El cumplimiento de tareas técnico-administrativas.
- La adecuada utilización y reserva de la información institucional.
- La facilitación del acceso a la información institucional a la comunidad educativa.
- El derecho a elegir y ser elegido en organismos del sistema.
- La comunicación dialógica y respetuosa.
- La información periódica a padres/responsables sobre la evolución de los alumnos.
- El cumplimiento de normas de vestimenta.
- La participación en el Plan de Prevención del Riesgo.
- El conocimiento, cumplimiento y aplicación de la normativa.
- La ejecución de acciones socioeducativas y sociocomunitarias.
La obligación de cuidado de los alumnos es particularmente destacada y comprende todos los tiempos y momentos del acto educativo, desde la entrada hasta la salida. Responsabiliza indelegablemente al docente a cargo de los alumnos en ese momento, sin perjuicio de las facultades del Director para organizar la institución. Incluye el seguimiento pedagógico, administrativo y comunitario, y la obligación de notificar a padres/responsables sobre la entrada y salida, así como actuar y denunciar situaciones de riesgo o vulneración de derechos.

El Reglamento también enumera una serie de acciones que los docentes no deben realizar, como promover actitudes discriminatorias, hacer uso indebido de bienes institucionales, vender insumos escolares, recibir beneficios indebidos, permitir la acción de agentes comerciales, facilitar el ingreso de personas ajenas sin causa fundada, dictar lecciones particulares pagas a alumnos de la institución, suministrar información privada de alumnos/familias, permitir salidas de alumnos sin autorización, encomendar a alumnos tareas que correspondan al personal (salvo fin educativo), hacer demostraciones de afecto/desafecto inapropiadas, agredir física o psicológicamente, o descalificar a otros miembros de la comunidad.
Muchos de estos principios son aplicables al personal administrativo y auxiliar en la medida de la naturaleza de sus funciones.
Organización de la Actividad Institucional
El Reglamento establece que la actividad institucional se organiza a través de equipos de trabajo: institucional (docente y administrativo/auxiliar), docente institucional (conducción y base) y administrativo/auxiliar.
El Equipo de Conducción Institucional
En las escuelas estatales, está compuesto por el Director, Vicedirector, Regente y Secretario. El ejercicio de estos cargos implica el cumplimiento de tareas comunes al equipo, además de las propias de cada cargo. Sus responsabilidades compartidas incluyen la planificación, construcción participativa y ejecución del Proyecto Institucional, la conducción del desarrollo curricular, la atención al proceso formativo de los alumnos, la evaluación del proyecto, el conocimiento y aplicación de la normativa, la respuesta a las necesidades de los alumnos (especialmente niños y adolescentes), y el establecimiento de vínculos con el entorno sociocomunitario.
Las tareas de conducción son indelegables, salvo excepciones fundadas, y la delegación no excluye la responsabilidad. El Reglamento detalla tareas específicas para cada cargo (Director, Vicedirector, Regente, Secretario) en dimensiones pedagógicas, administrativas y socioeducativas/comunitarias. Por ejemplo, el Director tiene la principal responsabilidad de conducir la institución y representarla, el Vicedirector concurre en esta responsabilidad y reemplaza al Director en su ausencia, el Regente coordina aspectos técnico-pedagógicos (especialmente en Nivel Secundario), y el Secretario se encarga de los aspectos técnico-administrativos.
También se mencionan otros cargos de conducción como Prosecretario, Jefe/Subjefe de Área o Departamento, Jefe/Subjefe de Preceptores, Jefe de Medios de Apoyo, y Preceptor Residente, detallando sus funciones específicas dentro de la estructura institucional.
Cargos Docentes de Base
Son los sujetos fundamentales del acto educativo, como el Profesor, Maestro, Preceptor, Bibliotecario, y Encargado de Medios de Apoyo. Cumplen las funciones y tareas generales del trabajo docente. Sus tareas específicas se complementan con las del equipo institucional para la ejecución del Proyecto Institucional. Incluyen la ejecución del diseño curricular en el aula, la participación en el proyecto institucional y su autoevaluación, la articulación de tareas con otros docentes, la planificación y dictado de clases, el cumplimiento del plan de continuidad pedagógica, la organización del aula, el cumplimiento del cuidado de los alumnos durante la jornada, el cumplimiento de horarios, la cumplimentación de estados administrativos, la integración de los acuerdos de convivencia en su práctica, la observación y reporte de situaciones significativas, y el cumplimiento de las indicaciones del equipo de conducción.
El Preceptor tiene tareas específicas relacionadas con el acompañamiento de los grupos de alumnos, la participación en la construcción de acuerdos de convivencia, el impulso al diálogo y la integración grupal, la promoción de la participación estudiantil, la participación en la tarea pedagógica, la sistematización de información sobre los alumnos, el cumplimiento del cuidado en diversos momentos de la jornada, y la cumplimentación de estados administrativos.
El Bibliotecario se encarga de la organización técnico-pedagógica del material y de propiciar la formación de lectores autónomos, coordinando con maestros/profesores e implementando un Plan Institucional de Biblioteca.

El Encargado de Medios de Apoyo gestiona laboratorios, herramientas u otros recursos, colaborando con docentes en su utilización y asegurando su mantenimiento y seguridad.
Cargos Técnico Docentes de Base
Este personal, con habilitación profesional específica (médicos, psicólogos, fonoaudiólogos, asistentes sociales/educacionales, etc.), cumple tareas docentes vinculadas a su especialidad. Su función principal es efectuar las intervenciones y derivaciones necesarias para garantizar el acceso, permanencia y egreso de los alumnos, participando también en la elaboración e implementación del Proyecto Institucional.
Aspectos Clave del Funcionamiento Institucional
Además de la estructura de equipos y roles, el Reglamento aborda aspectos fundamentales de la vida institucional:
- Proyecto Institucional (PI): Es el documento central que guía la acción de la escuela. Debe ser elaborado y evaluado sistemáticamente con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa. Contiene aspectos técnico-pedagógicos, técnico-administrativos y socioeducativos.
- Acto Educativo: Considera toda actividad curricular, extracurricular o complementaria bajo cuidado de la autoridad educativa. Su fundamento es el alumno como sujeto de aprendizaje, y en el caso de niños y adolescentes, el marco de referencia es siempre el interés superior del niño, definido como la máxima satisfacción integral y simultánea de sus derechos en un marco de libertad, respeto y dignidad.
- Acuerdos de Convivencia: Deben ser construidos participativamente y aplicados para favorecer las relaciones interpersonales y el clima institucional.
- Plan de Prevención del Riesgo: Las instituciones deben construir y ejecutar un plan para abordar situaciones de riesgo.
- Plan de Continuidad Pedagógica: Prevé acciones para asegurar la atención pedagógica de los alumnos, incluso en casos de ausencia de personal.
- Participación Organizada: El Reglamento promueve y garantiza la participación democrática a través de diversas instancias como Centros de Estudiantes, Asociaciones de Padres, Asociaciones Cooperadoras Escolares y Consejos de Escuela.
Preguntas Frecuentes sobre el Reglamento
¿Qué reglamento rige actualmente las escuelas en la Provincia de Buenos Aires?
Actualmente, rige el Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por el Decreto N° 2299/11. Este reglamento derogó el anterior Decreto N° 6013/58.
¿El Decreto 2299/11 aplica solo a escuelas públicas?
No, el Reglamento aprobado por el Decreto 2299/11 es de aplicación en todas las instituciones educativas del sistema educativo provincial, incluyendo las de gestión estatal y de gestión privada, aunque estas últimas pueden dictar sus propios reglamentos internos siempre que no sean incompatibles con los derechos reconocidos por las leyes vigentes y este reglamento.
¿Cuáles son los principales cambios que introdujo el nuevo reglamento respecto al anterior?
El nuevo reglamento se alinea con las leyes de educación y protección de derechos más recientes, pasando de un marco considerado autoritario y disperso a uno que enfatiza el derecho a la educación, reconoce a los alumnos como sujetos esenciales, promueve la participación democrática de toda la comunidad educativa, y detalla la obligación de cuidado del personal.
¿Qué es el Proyecto Institucional según este reglamento?
Es la unidad de trabajo de la institución, un proyecto educativo definido con la participación de todos sus integrantes, que guía la organización, las prácticas pedagógicas, administrativas y la relación con la comunidad, siempre respetando los principios y objetivos de la legislación vigente.
¿Qué implica la 'obligación de cuidado' para el personal docente?
Implica asegurar la protección integral de los alumnos durante todo el tiempo que se concreta el acto educativo dentro o fuera del establecimiento. Es una responsabilidad indelegable del docente a cargo en ese momento, coordinada y supervisada por el equipo de conducción. Incluye aspectos pedagógicos, de seguridad, higiene y edilicios, y la atención a situaciones de riesgo o vulneración de derechos.
¿Pueden los alumnos y padres participar en la vida de la escuela según este reglamento?
Sí, el reglamento promueve activamente la participación organizada de la comunidad educativa. Reconoce el derecho de alumnos a integrar centros de estudiantes y otras formas asociativas, y el derecho de padres/responsables a participar individualmente o a través de cooperadoras, consejos de escuela y otros órganos.
Conclusión
El Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por el Decreto N° 2299/11, constituye un marco normativo esencial que moderniza y actualiza las reglas de juego dentro del sistema educativo. Al derogar la normativa anterior y consolidar un texto único, proporciona claridad y coherencia. Su énfasis en el derecho a la educación, la protección integral de los alumnos, la participación democrática de todos los actores de la comunidad educativa y la definición precisa de roles y responsabilidades, sienta las bases para una gestión institucional más transparente, inclusiva y orientada a garantizar trayectorias educativas de calidad para todos los estudiantes de la Provincia de Buenos Aires. Conocer este reglamento es fundamental para comprender la dinámica y el funcionamiento de las escuelas en este ámbito territorial.
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